Observatorio astronómico de Almadén.
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Actualizado: viernes, 22 septiembre 2017 16:40

Anula el desistimiento de la adjudicación de la gestión del observatorio astronómico y ordena "retrotraer" el procedimiento

SEVILLA, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Sevilla ha declarado "firme" la sentencia que anula el acuerdo plenario adoptado en 2016 por el Ayuntamiento de Almadén de la Plata, gobernado por Felicidad Fernández (PSOE), para desistir de la adjudicación del contrato promovido por el anterior gobierno local del PP respecto a la gestión del observatorio astronómico de la localidad.

En una diligencia emitida el pasado miércoles y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial declara "firme" la sentencia en cuestión, dictada el pasado mes de julio, y concede un plazo de diez días al Ayuntamiento de Almadén a contar a partir de la notificación de este documento, para que "lleve a puro y debido efecto" la resolución judicial.

La sentencia, recogida por Europa Press, deriva del recurso contencioso promovido por el abogado Alonso Hidalgo Romero en representación de la Asociación Astronómica de España, dirigida por Miguel Gilarte, contra la decisión del actual gobierno municipal socialista de Almadén, de desistir del concurso impulsado en el pasado mandato por el entonces alcalde popular, José Luis Vidal, para contratar la "gestión del servicio público del observatorio astronómico" del municipio.

Y es que el desistimiento devino en un momento en el que la mesa de contratación del Ayuntamiento había propuesto ya que el contrato fuese adjudicado a la Asociación Astronómica de España, única entidad que concurrió al procedimiento.

EL INFORME DE LA DIPUTACIÓN

Para defender dicha decisión, el Ayuntamiento esgrimía un informe emitido por el Servicio de Contratación de la Diputación, precisamente a instancias de la Alcaldía de Almadén, según el cual el mencionado concurso había podido "incurrir en infracción no subsanable de las normas".

Mientras el mencionado informe señala entre otros aspectos que el concurso excedía "la potestad de disposición" de los terrenos cedidos por la Junta al Ayuntamiento para el observatorio, pues en 2019 expira la cesión y el concurso planteaba una explotación por 15 años, la Asociación Astronómica alega que "el delegado de Medio Ambiente dijo que los suelos se iban a renovar 20 años y hasta el infinito", acusando a la alcaldesa de prevaricar al ordenar el cierre "ilegítimo" del recinto y desistir injustificadamente del concurso.

Así, la Asociación Astronómica recurrió por la vía Contencioso Administrativa el acuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento en marzo de 2016, desistiendo como se ha señalado de la adjudicación del contrato relativo a la gestión del observatorio. En su recurso, la asociación reclamaba anular dicho acuerdo y que el Ayuntamiento fuese condenado a pagar daños y perjuicios a la entidad, por el "desistimiento unilateral" de la adjudicación.

ACUERDO ANULADO

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres que resuelve dicho recurso da cuenta en ese sentido de que pocos días después de acceder al poder, la alcaldesa socialista solicitó "asistencia técnico jurídica" a la Diputación, al tener "dudas para la adjudicación" del contrato. Tras ello, y ya con el mencionado informe del Servicio de Contratación de la Diputación, elevó al pleno la decisión de desistir de la adjudicación, extremo finalmente aprobado.

Al respecto, el juzgado invoca jurisprudencia según la cual ante una decisión administrativa como la aludida, "es esencial el trámite de audiencia, porque su falta podría determinar que se produjese la efectiva indefensión del afectado". A tal efecto, el juzgado estima parcialmente el recurso de la Asociación Astronómica de España, anula el acuerdo plenario relativo al desistimiento de la adjudicación del contrato y ordena al Ayuntamiento de Almadén que "retrotraiga" las actuaciones, "al momento previo a dictar la resolución, para que se de trámite de audiencia" a la Asociación Astronómica de España.

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