Modificó el régimen de visitas de un menor para que pudiera acudir a una procesión de Semana Santa
MADRID, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite la petición de nulidad planteada por el exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano contra la sentencia que lo condenó a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, por modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa.
El auto del Supremo, conocido este miércoles, rechaza los tres motivos de nulidad planteados por el juez, que había alegado que durante su proceso vio vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que Serrano pudo defenderse de la impugnación realizada por la acusación particular ante el Supremo en su recurso de casación. Esta acción tuvo como consecuencia que la condena de inhabilitación se incrementara de los dos hasta los diez años.
Añade que en este caso se contó además la presencia del acusado en la vista de casación, lo que había sido solicitado por su defensa, y que ello "satisface la necesidad de audiencia establecida en los recientes pronunciamientos de la jurisprudencia".
Además, el Supremo niega haber realizado una revalorización de las pruebas presentadas contra Serrano que supusieran una modificación de los hechos probados que justificaron su condena, "aunque sí se ha efectuado una valoración de la inferencia sobre la concurrencia del tipo subjetivo en el delito de prevaricación". Dicha valoración motivó el aumento de la pena.