El TSJA confirma cinco años de cárcel a un vecino de Alcalá (Sevilla) por un bolígrafo pistola y cuatro kilos de hachís

Archivo - ‘bolígrafo-pistola’ intervenido a un detenido en una imagen de archivo
Archivo - ‘bolígrafo-pistola’ intervenido a un detenido en una imagen de archivo - CNP - Archivo
Publicado: martes, 16 julio 2024 14:45

SEVILLA, 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Sevilla, que condena a cinco años y medio de cárcel a un vecino de Alcalá de Guadaíra en cuyo domicilio fueron intervenidos casi cuatro kilos de hachís y restos de cocaína fruto de la venta de tales sustancias y un "bolígrafo pistola" con proyectiles.

En una sentencia emitida el pasado 26 de junio y difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA, dicha instancia aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia que le condena a cinco años y medio de prisión, por un delito contra la salud pública con la agravante de reincidencia y un delito de tenencia ilícita de armas, imponiéndole además una multa de 40.000 euros.

Según la sentencia inicial condenatoria de la Sección Cuarta de la Audiencia, el inculpado, Miguel L.B., de 54 años de edad y ya condenado por el Tribunal Correccional de Cambrai (Francia) por un delito de tráfico de drogas; "se dedicaba a la venta de drogas" desde su domicilio habitual, ubicado en la calle José María Pemán de Alcalá de Guadaíra, detallando diferentes "contactos" con varias personas durante marzo de 2021, a quienes habría proporcionado envoltorios que contenían cocaína y hachís a cambio de dinero.

El 23 de marzo de 2021, según la Fiscalía, fue efectuado un registro policial en la vivienda del encartado, siendo intervenidos casi cuatro kilos de hachís y "restos" de cocaína en instrumentos como una balanza, cuchillos, tijeras o cucharas, así como "una agenda y papeles con supuestas transacciones" de venta de drogas; entre otros aspectos.

EL ARMA INTERVENIDA

Además, los agentes le decomisaron "un bolígrafo pistola, arma corta de fabricación artesanal" y de un calibre de 22 milímetros cuya tenencia está prohibida por la Ley, junto con "dos cartuchos metálicos compatibles" con el arma, toda vez que tanto el "bolígrafo pistola" como los proyectiles estaban en buen estado para su uso.

En su recurso de apelación, la defensa del inculpado alegaba con relación a la tenencia ilícita de arma que el acusado "se limitó a guardar una bolsa (...) con varios objetos a cambio de dinero, entre ellos el bolígrafo pistola en cuestión y que, además, el mismo no se hallaba en condiciones de correcto funcionamiento ya que estaba separado de los cartuchos"; idea que según el TSJA "carece de sentido" porque "el bolígrafo pistola estaba en la mesa de noche del dormitorio principal cargado con un balín apto para disparar y con otro cartucho junto a él similar al que se encontró en pistola".

"Quien acepta y asume guardar y custodiar un objeto como el que nos ocupa a sabiendas de su capacidad de disparo no es un simple tenedor fugaz o momentáneo", avisa además el TSJA.

ACREDITADO EL "TRÁFICO" DE DROGAS

Y tras alegar el encartado respecto a la droga que se limitaba "a guardársela a su propietario a cambio de dinero y que no había llevado a efecto transacción alguna", el tribunal esgrime que le fueron decomisados "casi cuatro kilogramos de cannabis distribuidos en decenas de placas, así como una balanza de precisión, cuchillos, cucharas y otros efectos propios de la dosificación de sustancia estupefaciente, con restos de cocaína en la balanza y en otros instrumentos"; además de que "la actividad de tráfico de cocaína ha quedado acreditada mediante las vigilancias policiales".

Así, el TSJA desestima el recurso de apelación de la defensa del inculpado y confirma plenamente la sentencia inicial condenatoria de la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla.

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