El TSJA estima el recurso de Ecologistas en Acción y anula el PGOU de La Puebla de Cazalla (Sevilla)

Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla.
Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. - JOAQUIN CORCHERO / EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: sábado, 7 diciembre 2024 13:44

SEVILLA 7 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado sentencia en firme por la que estima el recurso de la Ecologistas en Acción Sevilla y anula el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) del municipio sevillano de La Puebla de Cazalla.

Esto ha explicado en un comunicado la organización ecologista, que ha señalado que el pronunciamiento resuelve la impugnación de varias resoluciones administrativas relacionadas con la aprobación del PGOU de la localidad.

Ecologistas alegó en primer lugar, según detalla la organización, que los acuerdos impugnados no sometieron el PGOU a la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), sino que se realizó una asimilación incorrecta del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). En segundo lugar, que no se previó la modificación de trazado de vías pecuarias conforme al artículo 12 de la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias. En tercer lugar, la reducción injustificada de la protección del embalse de La Puebla de Cazalla y del Complejo Serrano El Pinarejo.

A ello, señala que el tribunal resuelve respecto al trámite de evaluación ambiental que no se cumplió con la preceptiva EAE, destacando la importancia de este procedimiento como instrumento de prevención y su independencia de otros procedimientos ambientales. "En el caso de autos, se trató de convertir un precedente Estudio de Impacto Ambiental en Estudio Ambiental Estratégico, actuación que es inadmisible en base a la ley, que, si bien permite (ocasionalmente) incorporar trámites y actos administrativos de EAE en otros procedimientos de evaluación ambiental, no lo autoriza a la inversa, es decir, del procedimiento de EIA al de EAE", ha afirmado Ecologistas.

Según la organización, "dado que la falta de EAE justifica la nulidad de las resoluciones impugnadas, la Sala no entra a valorar la cuestión de las vías pecuarias ni la reducción de protección ambiental del embalse y el Complejo Serrano Pinalejo. Consecuentemente, la Sala determina que las resoluciones impugnadas son nulas de pleno derecho". Este pronunciamiento, ha proseguido, Ecologistas, es similar al de otras sentencias, "algunas de las cuales han sido ratificadas por el Tribunal Supremo".

Entre las líneas de actuación de Ecologistas en Acción, según reivindica, se encuentran la exigencia de evaluaciones ambientales de suficiente calidad, la defensa de las vías pecuarias y la defensa de los suelos con algún tipo de protección, "que han sido los motivos del recurso contra el PGOU de La Puebla de Cazalla, ahora anulado". "Esta sentencia podría ayudar a los responsables municipales (concejales y redactores) a elaborar mejores planes que redunden en una mayor calidad de vida de la población", ha concluido.

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