Actualizado: viernes, 22 septiembre 2017 14:19

ZARAGOZA 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado Contencioso-administrativo número 5 de Zaragoza ha acordado la medida cautelar solicitada por el grupo municipal del Partido Popular y ha suspendido la autorización del equipo de gobierno de Zaragoza en Común (ZEC) de cesión del Centro Cívico Delicias para la celebración este sábado, 23 de septiembre, de la 'Charla-debate por el derecho a decidir', organizado por Marchas de la Dignidad de Aragón.

La finalidad de este acto es "mostrar la solidaridad con el pueblo de Cataluña y su derecho a decidir", según consta en el cartel anunciador al que la jueza también alude en su auto.

Precisamente en los antecedentes de hecho, el auto señala que la lectura del cartel anunciado "pone en evidencia que se trata de una charla debate por el derecho a decidir del pueblo catalán, por tanto a favor del referéndum convocado en Cataluña para el 1-O".

Al autorizar el uso del Centro Cívico, el Ayuntamiento de Zaragoza "cede un espacio en el que se va a materializar un acto de apoyo al referéndum convocado por una ley, que a día de hoy, se encuentra suspendida en cuanto a vigencia y aplicación por el Tribunal Constitucional" (TC), según reza el auto.

Tras hacer repaso a los pormenores de la decisión del TC de declarar nulas las leyes del referéndum y la denominada "ley de desconexión" aprobada en el Parlamento de Cataluña, el auto expone que "con estos antecedentes resulta muy dudoso que la objetividad y neutralidad, que deben presidir el proceder del Ayuntamiento de Zaragoza, se mantengan intactas".

"RIESGO"

El hecho de que el Ayuntamiento de Zaragoza ceda un espacio para celebrar un acto en el que pueda defenderse el referéndum "lleva implícito el riesgo de entender que el Ayuntamiento muestra su adhesión a una determinada corriente política a favor del referéndum en Cataluña, cuando la consulta además está suspendida", agrega el texto.

Asimismo, se precisa que el acto en cuestión, al celebrarse en un local municipal, "podría convertirse en una suerte de mitin a favor de la consulta que podría no ser coherente con el interés general y con el deber de neutralidad que debe inspirar la actuación de los poderes públicos en la gestión de sus bienes".

La jueza también incluye en su auto que el Ayuntamiento "debe servir con objetividad a los intereses generales, y con la actuación recurrida se puede dar a entender --o por lo menos se siembran importantes dudas-- que puede estar abandonando la neutralidad que debe presidir su actuación por mandato constitucional".

En este sentido, recuerda el auto judicial que las entidades municipales, como todo el Estado del que son parte esencial, están sujetas a la Constitución, y ante las "dudas y el riesgo de que puedan resultar afectados los principios de objetividad y neutralidad política, la prudencia aconseja suspender la cesión del uso del local, teniendo en cuenta que no resultan afectados por tal suspensión los derechos constitucionales de reunión y libertad de expresión por el hecho de que la charla se desarrolle en otro lugar ajeno a este tipo de dudosas interpretaciones".

Más noticias

Leer más acerca de: