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OVIEDO, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -
El consejero de Medio Rural y Política Agraria, Marcelino Marcos Líndez, ha anunciado este martes que el programa anual de control del lobo 2025-2026 previsto en el Plan de Gestión del Lobo, que se retoma ahora, una vez aprobada la salida de este animal del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Especial Protección (Lespre)autorizará la extracción de un máximo de 53 lobos en la comunidad sobre una población mínima estimada de 345 ejemplares.
Marcos Líndez ha insistido en que el objetivo de la medida es hacer compatible la ganadería extensiva con la conservación de los cánidos.
Los períodos para efectuar los controles se fijan en dos franjas del año: de enero a abril y de septiembre a diciembre. No obstante, también serán posibles las extracciones puntuales entre mayo y agosto, por ejemplo, de animales que causen daños repetidos. Durante todo el año se podrán realizar extracciones fuera de las zonas de gestión.
En cuanto a los métodos previstos, el consejero ha explicado que se incluyen los aguardos o recechos para capturar lobos de manera selectiva por parte de los agentes medioambientales o de personal autorizado, el apoyo en reservas regionales de caza -es decir, la extracción durante cacerías autorizadas de otras especies- y las batidas por parte de agentes medioambientales cuando los métodos básicos no resulten suficientes. "Todo ello viene bien recogido y especificado", ha indicado el consejero.
ZONAS DE CONTROL
En el programa anual de gestión se establecen además siete zonas de control.
Zona 1: Noroccidental. Se establece un máximo de seis extracciones, por los elevados daños causados en el ganado: 748 reses afectadas en 2024.
Zona 2: El Palo-Esva. Se fija un máximo de seis animales por los numerosos perjuicios causados: 768 cabezas de ganado atacadas en 2024.
Zona 3: Suroccidental. Se podrán extraer hasta cuatro ejemplares, dado que los daños sobre el ganado fueron relativamente bajos: 84 cabezas el año pasado.
Zona 4. Centro-occidental. Se permitirá la extracción de hasta seis cánidos, dado que los ataques sobre la cabaña ganadera aumentaron el año pasado hasta las 425 cabezas.
Zona 5: Central. Se autoriza la extracción de hasta ocho lobos, por el incremento de daños del año pasado, que afectaron a 473 reses.
Zona 6: Centro-oriental. Se autoriza la extracción de hasta ocho lobos en un área en la que se han estabilizado los daños, con 292 reses afectadas en 2024 y Zona 7: Picos de Europa (fuera del parque nacional). Se podrán eliminar hasta cuatro ejemplares.
Además se establecen unas áreas sin gestión específica. "En estas zonas se autoriza la extracción de hasta once animales, con la posibilidad de aumentar este número si resulta necesario", ha indicado Marcos Líndez.
NUEVO BAREMO DE DAÑOS
Por otra parte, Medio Rural ha aprobado el nuevo baremo de daños provocados por fauna salvaje, que próximamente se publicará en el Boletín Oficial del Principado (Bopa) y que incluye bonificaciones y un aumento de hasta el 30% del lucro cesante. Marcos Líndez ha explicado que se ha puesto en marcha un baremo que actualiza las condiciones y procedimientos para valorar e indemnizar los perjuicios.
La nueva normativa configura las indemnizaciones para las explotaciones en función de dos componentes: el precio emergente y el lucro cesante. El precio emergente refleja el valor de cada animal, calculado según criterios como edad, raza y aptitud productiva, entre otros.
Por su parte, el lucro cesante incluye un incremento base del 20% sobre el valor emergente, que puede aumentar un 5% adicional en el caso del ganado bovino y equino (si el animal lleva censado al menos tres años) y un 10% (si supera los seis años de edad). Además, se configura un lucro cesante específico para las ganaderías de leche. "Esta era una petición reiterada del sector", ha indicado el consejero.
A esta base se suman bonificaciones específicas que aumentan las indemnizaciones, por ejemplo, un 10% adicional para animales inscritos en un libro genealógico, protegidos por una marca de calidad (denominación de origen, indicación geográfica protegida o producción ecológica) o cubiertos por un seguro agrario. Igualmente, los daños a las razas autóctonas se incrementan en un 20%.
Además, se mantiene el 20% extraordinario para daños causados por especies como el oso y el lobo, y se incorporan dos novedades: un 10% adicional para explotaciones que adopten medidas preventivas frente a la fauna silvestre y un 20% para aquellas que transformen los productos en la propia ganadería.
Marcos Líndez ha destacado que el nuevo baremo introduce novedades para mejorar la agilidad y transparencia de los procedimientos administrativos: facilitará la presentación de solicitudes telemáticas y el seguimiento de la tramitación en tiempo real. Asimismo, el cruce automático de datos eliminará gestiones innecesarias.
También se aceptarán como prueba inicial las fotografías aportadas por las personas solicitantes de indemnización. Esas imágenes podrán ser validadas posteriormente, durante las inspecciones técnicas.
Otra mejora significativa que incluye este reglamento es la compatibilidad con las indemnizaciones de Agroseguro.
En estos momentos, el período medio de pago de daños se sitúa en 59 días, de modo que se cumple el compromiso de abono en un plazo de menos de tres meses.