OVIEDO 27 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado todos los recursos de apelación presentados contra el auto sobreseimiento de 10 de octubre de 2016, dictado por el juzgado de instrucción nº 2 de Oviedo en relación con el incendio de un inmueble en la calle Uría de Oviedo el 7 de abril de 2016, durante el cual falleció el bombero Eloy Palacio.
La Audiencia da por válidos los argumentos de la juez Simonet Quelle que no halló indicios de delito contra la seguridad de los trabajadores, por el que estaban imputados tres mandos del servicio, y argumentó para ello que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no es aplicable a los bomberos cuando estos se encuentran trabajando en una emergencia grave o catástrofe.
El fallo destaca la explicación de la Inspectora de Trabajo y Seguridad social, que señaló que lo que hubo "fue una decisión del trabajador de bajarse de la cesta, no una distracción, Y tampoco hubo una orden que le pusiera en peligro, Por tanto, ninguna infracción se puede derivar de tal extremo, puesto que la decisión voluntaria del trabajador de bajarse de la cesta rompe el nexo de causalidad."