OVIEDO 10 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Asturias ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y estima parcialmente el recurso de apelación formulado por la representación del empresarios Rodolfo Cachero Pereda contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Oviedo.
De esta forma, la sentencia ha revocado dicha resolución y rebaja la condena, que había establecido el citado el mencionado juzgado en tres años de cárcel, a 30 meses de condena.
En la sentencia de lo Penal, la magistrada le condenó a un año por cada uno de los ocho delitos contra la Hacienda Publica y le aplicó conforme al Código Penal vigente, un tiempo máximo de cumplimiento efectivo de la condena que no podía exceder del triple del tiempo correspondiente a la mas grave de las penas. Entonces los ocho delitos por los que se le condenaba llevaban impuesto cada uno un año por lo que, al multiplicar por tres, significaban tres años de prisión.
Pero ahora, con la sentencia de la Audiencia Provincial se sigue aplicando el mismo artículo del Código Penal, por lo que al estimar parcialmente el recurso del condenado, y habiendo disminuido la pena de prisión de un año por cada uno de los ocho delitos a 10 meses, tras multiplicar por tres, son 30 meses el tiempo máximo de prisión que tendrá que cumplir. La sentencia es firme, y por tanto no puede ser recurrida al Supremo.