OVIEDO, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -
Cuatro acusados por un accidente laboral con un fallecido ocurrido en una explotación forestal de Corvera en junio de 2020 asumieron este lunes las acusaciones que les atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias, Sección Territorial de Avilés, y la acusación particular, y aceptan, cada uno de ellos, una pena de 2 años de prisión. La vista oral estaba señalada esta mañana en
el Juzgado de lo Penal número 1 de Avilés.
Según el relato fiscal, la mercantil de la que era administrador uno de los acusados compró la madera de una explotación forestal (monte forestal), de propiedad particular, en Corvera de Asturias.
Subcontrató, por un lado, los trabajos de acondicionamiento de la pista para poder sacar y transportar la madera a la empresa propiedad de otro de los acusados y, por otro lado, subcontrató los trabajos de corte, procesado y saca de madera a la empresa propiedad del tercer acusado. Para realizar esos trabajos, se había contado con la víctima como operario de maquinaria.
El 24 de junio de 2020 comenzaron las tareas, sin que se hubiera llevado a cabo una correcta coordinación de las mismas entre las dos empresas subcontratadas. Entre las 14.30 horas y las 15.00 horas del 25 de junio 2020, en la referida explotación forestal, la víctima se encontraba reparando el motor de la procesadora en la zona inferior, junto a uno de los acusado, cuando en un momento dado, se desplazó cerca de 20 metros hasta donde se encontraba una garrafa de gasolina que había quedado al lado de un árbol que previamente habían estado cortando.
En ese instante se desprendió una roca de 2 toneladas de la zona superior, del lugar donde se encontraba la retroexcavadora. El desprendimiento se produjo como consecuencia de la actuación de la retroexcavadora en la zona, deslizándose la roca hasta producir el aplastamiento del trabajador, nacido en 1979, que falleció en el mismo lugar del accidente.
El primero de los acusados debía adoptar las medidas necesarias para garantizar la integridad de los trabajadores de las empresas subcontratadas, debiendo establecer un plan de coordinación y
supervisar que la coordinación se llevara a efecto; y el segundo acusado, como responsable de la zona donde se produjo el accidente, tenía obligación de establecer la coordinación concreta de las empresas subcontratadas y debía verificar que el trabajo de una y otra se llevara a cabo en condiciones de seguridad.
Además, el tercer acusado, como empleador del trabajador fallecido, y el cuarto acusado, como empresario subcontratado, eran administradores con funciones de dirección de la empresa, entre ellas, las de organización del trabajo del personal a su servicio. Por todo ello, ambos tenían obligación de coordinarse y establecer los tiempos y las zonas de actuación de cada uno de sus trabajadores, lo que de haberse llevado a cabo habría evitado la producción del resultado.
La pareja de hecho de la víctima, actuando en su nombre y en el del hijo común menor de edad; su madre, su padre y su hermano han renunciado a la indemnización que pudiere corresponderles al haber sido indemnizados por las compañías aseguradoras. La hermana del fallecido también ha renunciado a la indemnización que pudiera corresponderle.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra la vida y la salud de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave.
Tras reconocer los hechos, cada uno de los acusados aceptó una condena de 2 años de prisión, con inhabilitación especial para derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.
En el mismo acto del juicio, las acusaciones informaron a favor de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, condicionada a que los acusados no delincan en el plazo de 2 años.