GIJÓN 26 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por el PP contra el acuerdo del pleno para la aprobación de presupuesto municipal del Ayuntamiento de Gijón en 2010.
La sentencia considera que el Consistorio no vulneró el derecho fundamental de participación en los asuntos políticos de la oposición al no admitir a trámite la enmienda presentada a la totalidad de las cuentas. El expediente municipal recoge que la propuesta del PP no fue admitida por no cumplir los requisitos del reglamento plenario.
"El discutir si esa enmienda a la totalidad, una vez informada desfavorablemente y rechazada su admisión tanto por la comisión de Hacienda como por la junta de Gobierno local, ha de ser necesariamente debatida por el pleno municipal en la fase de aprobación inicial del presupuesto, es una cuestión que se ciñe más bien a la legalidad ordinaria que a la vulneración del derecho fundamental de participación en los asuntos público", consideró el TSJA.
Además, argumenta que el reglamento no permite en efecto presentar enmiendas a la totalidad del presupuesto y cree que esta situación no incide "en el derecho fundamental aludido por el PP.
El TSJA admite que si las leyes o reglamentos establecen vías "demasiado estrechas" que imposibiliten la participación en asuntos públicos podría "cuestionarse su constitucionalidad".
Sin embargo, apunta que la "participación no equivale al dominio individual o de grupo minoritario en la fijación del orden del día ni se suscita duda alguna sobre el sistema legal y reglamentario que regula la formación de la lista de puntos discutibles en las sesiones ordinarias".
Por último, recuerda que la oposición tuvo posibilidad de intervenir en la comisión de Hacienda y en otros plenos en los que se abordaron las cuentas municipales. El tribunal considera que la participación de los ciudadanos en asuntos políticos a través de sus representantes fue "garantizada".