El Fiscal pide 9 años de inhabilitación para el ex alcalde de Ribera de Arriba por un delito de prevaricación

Publicado: viernes, 27 noviembre 2020 13:21


OVIEDO/RIBERA DE ARRIBA, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 9 años de inhabilitación para el ex alcalde de Ribera de Arriba por prevaricación en relación a unas obras de restauración de hórreos y paneras de Bueño.

El escrito de acusación provisional de la Fiscalía ya ha sido presentado en el juzgado encargado del procedimiento, el Juzgado de Instrucción número 1 de Oviedo.

Según sostiene el escrito del Fiscal, el acusado ejerció el cargo de alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ribera de Arriba desde el 30 de junio de 1987 hasta el 15 de junio de 2019. En marzo de 2004, fue redactado por la arquitecta técnica el proyecto "Restauraciones en hórreos y paneras de Bueño-Ferreros" y, en agosto de 2006, otro arquitecto redactó el "Anexo modificación de proyecto Restauraciones en hórreos y paneras de Bueño-Ferreros". El proyecto comprendía 12 de los hórreos y paneras de los 46 existentes en la localidad de Bueño, por ser los que presentaban necesidades de reparación más inmediata, con un presupuesto total de 119.750 euros, figurando las fichas correspondientes a cada uno de ellos y el plano de su localización.

El Ayuntamiento de Ribera de Arriba recibió una subvención para este fin por importe de 65.047,36 euros, procedente del Grupo de Desarrollo Rural del Consorcio para el Desarrollo de la Montaña Central de Asturias (PRODER), sufragándose la parte restante con cargo a los fondos municipales.

El Ayuntamiento de Ribera de Arriba no concedió ninguna ayuda o subvención para la reparación de los citados hórreos y paneras, sino que decidió la contratación de los trabajos. Por Decreto el acusado resolvió declarar la urgencia en la tramitación del expediente de contratación de la obra "Restauración de hórreos y paneras Bueño-Ferreros", aprobar el proyecto e iniciar el expediente para la contratación mediante concurso por procedimiento abierto y tramitación urgente de las obras.

También por decreto el acusado resolvió aprobar el Pliego de Clausúlas Administrativas Particulares que tenía que regir la contratación y el expediente de contratación y disponer la apertura del procedimiento abierto de licitación mediante concurso con tramitación urgente, así como aprobar el gasto plurianual que financiaba su ejecución. Aprovechando que el concurso quedó desierto, el acusado llevó a cabo la contratación directamente a través de sucesivos contratos menores para eliminar las garantías contractuales exigidas por el contrato en su conjunto, atendiendo a su mera voluntad en la elección de la persona a contratar, con pleno conocimiento de que con ello vulneraba los principios de libre concurrencia, igualdad y transparencia.

Así, efectuó sucesivos contratos menores, por un importe total de 200.801,49 euros, IVA incluido, que se extendieron a lo largo de los años 2007 a 2012. En todos ellos, el acusado decidió por su exclusiva voluntad el adjudicatario de la obra, y ello pese a los numerosos reparos emitidos por la Intervención, en los que se informaba al acusado de que se estaba fraccionando el contrato, que no se satisfacía ninguna necesidad administrativa y que se estaban empleando recursos municipales en bienes particulares.

La Fiscalía considera que los hechos constituyen un delito continuado de prevaricación y solicita que se condene al acusado a inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 9 años, lo que implicaría la pérdida de su condición de alcalde o concejal, así como la imposibilidad de concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública por dicho período, si bien no conllevará la pérdida de su condición de funcionario, si la tuviera.

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