La Fiscalía pide 25 años de prisión para el dueño de la confitería la Duquesita de Avilés por matar a su mujer

Actualizado: miércoles, 1 marzo 2017 14:59

OVIEDO 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la apertura de juicio oral y una condena de 25 años de prisión y 10 años de libertad vigilada, que incluiría, entre otras medidas, la prohibición de residir en el Principado de Asturias, para el dueño de la confitería La Duquesita de Avilés por el asesinato de su mujer en enero de 2016, según ha informado la Fiscalía.

El acusado, Julio P. C. estaba casado con Ascensión Amores Porcel, desde el día 10 de mayo de 2008 y convivían en Avilés. El matrimonio regentaba, desde el año 2012, la confitería La Duquesita, en la calle Fernández Balsera de Avilés, encargándose el acusado de las tareas propias del obrador y Ascensión Amores de la atención al público.

El negocio, que había sido explotado con anterioridad por los padres del acusado hasta su jubilación, no generaba los rendimientos económicos pretendidos por el matrimonio, lo que provocaba situaciones de tensión y conflicto entre ellos, agravadas además por la mala relación que, desde hacía tiempo, existía entre Ascensión Amores y sus suegros. Por tales motivos, en alguna ocasión, Ascensión propuso al acusado la posibilidad de dejar la confitería y abandonar Avilés, a lo que él se negó, imponiendo finalmente su criterio.

El Ministerio Fiscal sostiene que, el lunes 25 de enero de 2016, el acusado y su esposa, aprovechando que el martes su negocio permanecía cerrado por descanso semanal, acudieron a cenar a un restaurante de la calle San Francisco, de Avilés, regresando a su domicilio en torno a las 23.00 horas. Una vez allí, tras conversar durante un rato, Ascensión Amores se acostó.

Sobre las 04.00 horas ya del día 26, el acusado se dirigió al dormitorio conyugal y, encontrándose Ascensión dormida, sin mediar palabra, de forma súbita e inesperada, le propinó, con una llave inglesa, numerosos golpes en la cabeza, dejándola inconsciente.

Aprovechando esta situación de aturdimiento, que eliminaba cualquier posibilidad de defensa de la mujer, el acusado continuó golpeándola reiteradamente, fundamentalmente en la cara, provocándole un politraumatismo craneoencefálico severo que determinó su fallecimiento.

El acusado, al golpear a la víctima pretendía, de manera consciente y deliberada, además de causarle la muerte, producirle un extraordinario y desmedido dolor, provocándole males innecesarios para conseguir ese resultado. Ascensión tenía 46 años de edad. No tenía hijos. Sus padres y sus cinco hermanos ejercitan cuantas acciones pudieren corresponderles por estos hechos.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato del artículo 139.1.1ª y 3ª y 2, en relación con el artículo 140 bis del Código Penal, con las agravantes de desprecio de género y parentesco, y solicita que se condene al acusado 25 años de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena.

Así como la medida de libertad vigilada por un período de 10 años con cumplimiento de las siguientes medidas: obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos; comunicar inmediatamente en el plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio o lugar de residencia; prohibición de aproximación a los padres y hermanos de la víctima, así como prohibición de comunicación con ellos por cualquier medio; y prohibición de residir en el territorio de la comunidad autónoma del Principado de Asturias.

Además, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice con 100.000 euros al padre de la víctima y con otros 100.000 euros a la madre, y con 50.000 euros a cada uno de sus cinco hermanos, más los intereses legales.

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