OVIEDO, 19 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Principado de Asturias imputa un delito de asesinato, un delito continuado de quebrantamiento de condena y un delito de hurto al detenido por matar a su expareja en Melilla en julio de 2016, sin perjuicio de que esta calificación pueda modificarse antes de que finalice la instrucción del procedimiento.
Así se lo trasladó personalmente el pasado viernes al investigado en una comparecencia celebrada en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº1 de Oviedo en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, por el que las acusaciones están obligadas a concretar y trasladar sus correspondientes imputaciones a los presuntos autores de hechos que vayan a ser juzgados ante un tribunal popular.
El investigado fue trasladado desde prisión al Palacio de Justicia de Oviedo. Una vez que finalice la instrucción y se redacte el escrito de calificación provisional y se presente en el Juzgado, en el momento procesal oportuno, la Fiscalía concretará la cuantía de la condena que solicite para él, indican desde Fiscalía.
El Ministerio público sostiene que el investigado mantuvo una relación de pareja durante aproximadamente un año y medio, con convivencia en Oviedo con la víctima, K.P.M., fruto de la cual nació un hijo en septiembre de 2015.
El investigado fue condenado, entre otras, por sentencia firme dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Oviedo en abril de 2016 por un delito de violencia de género (lesiones) contra K.P.M., por el que se le imponía la pena de 6 meses de prisión, suspendida durante un período de dos años, la pena de prohibición de tenencia y porte de armas durante 16 meses, así como la prohibición de comunicarse y aproximarse a K.P.M., durante un período de 14 meses (a contar desde el día 1-4-16 hasta el día 29-06-18), así como por un delito de violencia de género (amenazas), con una pena de 5 meses de prisión, suspendida durante 2 años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 16 meses, así como 13 meses y 10 días de prohibición de aproximarse y comunicarse con K.P.M., a contar desde el día 1-4-16 hasta el día 29-06-18.
Una vez cesada la relación entre el investigado y la víctima -denunciado y detenido él por los delitos de lesiones y amenazas más arriba referidos y por los que después fue condenado-, éste fue expulsado a Marruecos el 31 de marzo de 2016.
No obstante, desde entonces y hasta el día de los hechos, el investigado mantuvo el contacto con la víctima vía telefónica y por la red social Facebook, a pesar de la resolución judicial que le impedía acercarse y comunicarse con ella, que le fue perfectamente notificada de forma personal.
De esta manera, el investigado y K.M.P. acordaron que ella viajaría hasta Melilla, donde se encontrarían bajo el pretexto dado por él de que desde allí viajarían juntos hasta Tánger, Marruecos, donde el menor conocería a su familia paterna, antes de que K.P.M. viajara con el niño a su país natal, Ecuador.
El día 8 de julio de 2106, K.P.M. y el menor llegaron al puerto de Melilla sobre las nueve de la noche, en donde se encontraron con el investigado, pasando juntos los tres el día entero del 9 de julio de 2016 hasta que, sobre las dos y media de la mañana del día 10, los tres se adentraron en el Paseo Marítimo de Melilla, en concreto en las casetas militares de la zona de la Hípica.
Según el relato de los hechos de la Fiscalía, el investigado y la víctima mantuvieron allí una fuerte discusión, fruto de la cual el hombre, con evidente intención de terminar con la vida de su expareja y aprovechando que la misma se había girado y le estaba dando la espalda, de forma que no podía ver ni prever cualquier ataque, la agarró fuertemente por el cuello hasta que se aseguró de que ya no respiraba. A continuación, dejó el cadáver sobre una jardinera y apoyado en la maleta gris que la víctima llevaba consigo y que contenía sus pertenencias.
El investigado, presuntamente, abandonó el cadáver de K.P.M. en ese lugar, junto con su maleta y su bolso, dándose a la fuga con el bebé. Antes sustrajo el móvil de la mujer y lo vendió por 180 euros.
El investigado se encuentra en situación de prisión provisional sin fianza por esta causa desde el día 11 de julio de 2016. Sin perjuicio de que esta calificación varíe, la Fiscalía del Principado de Asturias considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato, de un delito continuado de quebrantamiento de condena y de un delito de hurto.