Ingresa en prisión un hombre por negarse a demoler una edificación ilegal en Villaviciosa

Actualizado: viernes, 9 mayo 2014 13:59

OVIEDO 9 May. (EUROPA PRESS) -

Un juzgado de Gijón ha dictado, tras la petición de la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Asturias, el ingreso en prisión de un condenado por un delito contra la ordenación del territorio por no demoler o retirar la edificación ilegal que levantó en San Justo (Villaviciosa), tal y como le ordenó el fallo del Juzgado de lo Penal número uno de Gijón, que lo sentenció en octubre de 2012. El hombre ya se encuentra internado en el Centro Penitenciario de Villabona.

El hombre fue condenado el 24 de octubre de 2012 por un delito contra la ordenación del territorio a un año de prisión, el pago de una multa de 12 meses con una cuota diaria de 10 euros y a la demolición o retirada de la vivienda unifamiliar prefabricada que levantó en Villaviciosa, así como del muro de hormigón exterior y el muro inferior, con reposición a su estado originario. El fallo fue confirmado por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, el 23 de enero de 2013, al resolver el recurso de apelación interpuesto por el condenado.

No obstante, el 12 de abril de 2013, el Juzgado recibió un escrito del Ayuntamiento de Villaviciosa, informando de que el condenado no había procedido a la demolición o la retirada de la construcción, tras lo cual dio traslado a la Fiscalía para informe. El Ministerio Fiscal considera que este requisito -la demolición o retirada acordada en sentencia- es imprescindible para informar a favor de la suspensión de la pena de prisión impuesta, además de la condición de que el condenado no delinca nuevamente en el plazo de dos años.

Así, tras diversos requerimientos a el hombre para que procediera a la ejecución voluntaria de la sentencia, y tras los reiterados incumplimientos, la Fiscalía solicitó al Juzgado, el pasado 26 de marzo, que ejecutara la condena impuesta, es decir, que el hombre ingresara en prisión para cumplir la pena que dictó en su día el Juzgado. Igualmente interesó que se diera traslado al Ayuntamiento de Villaviciosa para que llevara a cabo, sin dilación, la demolición de la construcción, indicando los costes de la misma para poder así proceder contra el condenado. La edificación ya ha sido demolida.

La sentencia consideró probado que en el año 2010, en una parcela calificada como "suelo no urbanizable de interés agrícola", llevó a cabo un movimiento de tierra para acondicionar la finca y realizó la construcción de una vivienda y un muro de hormigón de 25 centímetros de longitud para cerrar la finca. También construyó otro muro en el interior de la parcela, que hacía las labores de contención del terreno. No tenía proyecto ni licencia de obras.

Se trataba de una vivienda unifamiliar, de planta baja con cubierta de tejado a dos aguas, con electricidad, agua corriente, antena de televisión y todos los requisitos necesarios para darle un uso habitacional y que no se adaptaba al diseño tradicional de la arquitectura popular de Villaviciosa, por lo que se trataba de una edificación disonante con el entorno tradicional, incumpliendo la normativa urbanística.