OVIEDO, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -
El área de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho ha organizado un debate sobre la proposición de Ley de Amnistía, en el que participan los catedráticos Francisco Bastida, José Manuel Paredes Castañón y Javier Andrés González Vega. La mesa ha sido moderada por el decano Javier Fernández Teruelo y presentada por la profesora Regina Fonseca Fortes-Furtado.
Durante la presentación, la profesora Regina Fonseca ha explicado que esta no es la primera amnistía de España, recordando la de 1977, y ha indicado que la actual pretende introducir una modificación en el Código Penal para que la amnistía se una al indulto como causa de extinción de la responsabilidad penal. La amnistía, ha agregado, está contemplada en las constituciones de Italia, Francia y Portugal, y ha habido otras en países como Alemania e Irlanda, donde no está contemplada en su carta magna.
A lo largo del debate, los tres profesores han desarrollado sus argumentos tanto a favor como en contra de esta proposición de ley, coincidiendo Bastida y González en que existen cuestiones "mejorables" en el texto para evitar aspectos de inconstitucionalidad.
El catedrático de Derecho Constitucional Francisco Bastida ha señalado que, si bien la amnistía "cabe" en la Constitución Española, no lo hace "cualquier ley de amnistía". En su opinión esta norma tiene "algunos puntos" que mejorar para evitar la inconstitucionalidad, especialmente en lo referido a la igualdad de los españoles.
"En la ley solo se contemplan los supuestos de exoneración de responsabilidad de delitos cometidos por independentistas; pero no la exoneración de esa responsabilidad cuando los que han cometido esos delitos son personas que se oponían al independentismo", ha argumentado, asegurando que esto "quiebra el principio de igualdad".
También se ha detenido en el hecho de que en otras aminstías llevadas a cabo en España y en otros países a lo largo de la historia, existe el compromiso explícito de los amnistiados de renunciar a los actos que cometieron. Así, ha habido amnistías tras episodios violentos en las que los amnistiados entregaron armas, y en el caso de la amnistía fiscal, se produce previa regularización de la deuda tributaria.
En esta ocasión, ha manifestado, los posibles amnistiados "proclaman abiertamente" que no van a renunciar a la vía unilateral para conseguir la independencia de Cataluña y que volverán a cometer los delitos si no existe una independencia por vía legal. A su juicio el texto debería incluir un punto en el que el amnistiado firme el compromiso de "transitar por vías legales".
El catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales Javier González Vega, por su parte, se ha detenido en los aspectos reflejados en la exposición de motivos de la proposición de ley, en los que "se hacen alusiones constantes a la plena conformidad de la proposición con el derecho comparado y con el derecho internacional y con el derecho europeo".
El profesor ha desmentido algunas de las alusiones que la ley hace al derecho comparado. Existen, ha dicho, "interpretaciones exageradas" y "falsificaciones" de los desarrollos del derecho internacional y el europeo. Como ejemplo, ha indicado que el texto contiene "una afirmación muy peregrina" acerca de que los tratados europeos que contemplan amnistía y que supuestamente permiten la amnistía en el sistema español "han sido objeto de revisión constitucional", lo que haría por tanto "innecesario" que la Constitución se pronunciara sobre la constitución de la ley. "Esa afirmación es rotundamente falsa porque esos tratados no han sido objeto de revisión constitucional", ha asegurado
También ha mencionado que los redactores de la ley "se aferran" a una decisión de la Comisión Europea sobre un caso específico ocurrido en Georgia que afirma que la amnistía y el indulto son cuestiones jurídicas complejas, sobre todo cuando incluye a presos políticos. "Extrapolan un caso específico ocurrido en Georgia y se intenta deducir que lo que dice la Comisión Europea es extrapolable a todas las amnistías, es rotundamente falso", ha remarcado.
El Catedrático de Derecho Penal José Manuel Paredes, por su parte, ha afirmado que la amnistía como tal no está prohibida en la Constitución y por tanto, el legislador "está en su derecho" de aprobarla, "siempre que se respeten dos límites". Se refiere el profesor a que el trato desigual que contempla respecto a otros delincuentes se justifique "por alguna razón especial" como la salida de una guerra, un conflicto o un problema político que se quiere resolver "cerrando lo que pasó".
En segundo lugar, esa norma debe respetar el derecho internacional relativo a los derechos humanos, y no incluir a "ninguna persona que haya cometido graves violaciones de los derechos humanos". "No veo especial problema jurídico", ha dicho, porque se trata de una decisión política que se puede adoptar o no por razones políticas.
Sobre este aspecto político, ha indicado que las razones tanto a favor como en contra "son perfectamente sensatas". Su opinión personal, ha dicho, es que esta ley "puede ser razonable", dado que no se está hablando "en la mayoría de los casos" de delitos violentos. "Todo lo que no sean delitos violentos puede ser razonable si hay un compromiso de mantenerse en la legalidad", ha resumido.