Prisión de Villabona, Asturias
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 16 mayo 2017 13:20

OVIEDO 16 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha decretado, a petición de la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular, prisión provisional comunicada y sin fianza del acusado de quedarse con 164.000 de una mujer que le contrató para que la ayudara con la tramitación de la liquidación del Impuesto de Sucesiones de la herencia de su marido, que el pasado día 11 no acudió al juicio alegando problemas de movilidad. La vista oral está pendiente de nuevo señalamiento, supeditado a la agenda de la Sala.

La Sala adopta la medida ante el riesgo de que el acusado pueda sustraerse de la acción de la Justicia, ya que considera, tal y como sostiene la Fiscalía, que la excusa que planteó para no acudir al juicio fue una "maniobra elusiva", según ha informado la Fiscalía.

El tribunal comprobó directamente la capacidad de movilidad del acusado y, según el auto, por si hubiera alguna duda, su propia defensa pidió su libertad con la obligación incluso de comparecer dos veces al día en la Audiencia. Esto evidencia que si no compareció el día 11 fue "porque no quiso, para eludir el juicio".

El acusado se enfrenta a una posible condena de 4 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena, multa de 10 meses con una cuota diaria de 8 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, pago de las costas y abono de una indemnización a la mujer, XXX, de 164.469,46 euros, más los intereses legales correspondientes. Se le acusa de un delito continuado de estafa de los artículos 248, 250.1.6º y 74 del Código Penal.

La víctima estaba divorciada , con quien había tenido un hijo. El exmarido falleció el 21 de octubre de 2011, quedando como heredero a su único hijo quien también falleció el 26 de noviembre de ese mismo año, sin haber aceptado ni renunciado a la herencia, siendo su única heredera su madre, que, a la fecha de la muerte de ambos, tenía 75 años.

La herencia consistía en una finca urbana en Lena (valorada en 20.000 euros), otra finca rústica en el mismo concejo, el saldo de cuentas bancarias, depósitos y fondos de inversión en BBVA por importe de 200.651,18 euros, un seguro de vida por importe de 30.601,01 euros y otros productos por importe de 493,45. El total de la herencia ascendía a 231.745,64 euros.

Para tramitar la correspondiente liquidación de los impuestos de sucesiones, la mujer contrató en el mes de julio de 2012 al acusado, persona a la que había conocido a través de unos familiares. Éste le manifestó que para poder llevar a cabo las gestiones encomendadas necesitaba que le otorgara un poder a su favor.

Así, el día 7 de agosto de 2012, le otorgó en Oviedo un poder especial para aceptar, repudiar herencias, liquidar impuestos y en general, todo lo que tuviera relación con las herencias a recibir, a favor del acusado, en la creencia de que era necesario para las gestiones a realizar, poder que le revocó el 21 de julio de 2014, ante las irregularidades detectadas.

La Fiscalía sostiene que el acusado se quedó con 164.469,46 euros. El hombre carece de antecedentes penales computables para la causa, aunque fue condenado en 1996, 2001 y 2004 por falsificación de documentos públicos y estafa.

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