El Supremo obliga al Ayuntamiento de Gijón a invertir en Bomberos las contribuciones especiales de Unespa

Escudo de España en la fachada del edificio del Tribunal Supremo, en Madrid a 29 de noviembre de 2019.
Escudo de España en la fachada del edificio del Tribunal Supremo, en Madrid a 29 de noviembre de 2019. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 16 noviembre 2020 16:23

El fallo sienta jurisprudencia y abre la puerta a reclamar lo mismo en todos los municipios de España

GIJÓN, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha estimado en parte el recurso de casación promovido por la Sección Sindical de CSI del Ayuntamiento de Gijón, que obliga a la administración local a invertir en el Servicio de Extinción de Incendios (Bomberos) las cantidades pagadas por el Consorcio de Seguros UNESPA en concepto de contribuciones especiales.

El fallo pone fin a un largo proceso iniciado en 2014 por CSI en el Ayuntamiento de Gijón, que desde entonces viene reclamando que tales cantidades se dediquen a la modernización del parque de bomberos para cumplir con garantías su servicio.

Por su parte, el Ayuntamiento de Gijón había rechazado las pretensiones del colectivo por la vía del silencio administrativo, según una nota del sindicato litigante.

En la sentencia 1483/2020, de 11 de noviembre, el Alto Tribunal determina que el destino de las cantidades ingresadas por el concepto de contribuciones especiales sea "exclusiva, íntegra e ineludiblemente para inversiones reales, correspondientes al establecimiento o ampliación del servicio público", sin que quepa destinar dichas cantidades al gasto corriente del servicio, como
venía aplicando el Ayuntamiento de Gijón desde 2007, cuando fue aprobada la Contribución Especial.

La cantidad que paga Unespa en Gijón roza el millón de euros al año (971.775,37 en 2016). El sindicato, representado por Calzadilla Abogados, recurrió las decisiones previamente adoptadas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón y por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Estos dos tribunales consideraron que no existía la obligación de destinar a inversiones reales en el servicio de bomberos los importes abonados por Unespa al Ayuntamiento de Gijón, al contrario de lo que el sindicato mantenía, dándole la razón ahora el Tribunal Supremo, que anula dichas sentencias.

Según el sindicato, se trata de una sentencia "pionera", ya que es una materia sobre la cual no se había pronunciado el Tribunal Supremo, y tiene alcance nacional, puesto que obliga a los ayuntamientos de toda España a destinar a inversiones reales en el servicio de bomberos todas las cantidades que reciben de las aseguradoras por este concepto.

La Ley de Haciendas Locales establece que, a través de las Contribuciones Especiales, las entidades aseguradoras contribuyan a la mejora de los servicios de extinción de incendios de toda España.

En la práctica, la mayoría de administraciones locales destinan este tributo a gasto corriente y de personal, lo que supone cientos de miles de euros al año que dejan de invertirse en mejoras !para un servicio más eficaz y seguro", han advertido.

Con esta sentencia, se abre la puerta a que colectivos de tros municipios reclamen la aplicación del tributo en beneficio del establecimiento o ampliación de esos servicios municipales.