OVIEDO, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por la Hermandad de Defensores de Oviedo contra resolución del Principado sobre el cambio de nombres de 17 calles y plazas de Oviedo de simbología franquista.
Contra la presente resolución cabe interponer ante esta Sala recurso de casación en el término de 30 días, para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo si se denuncia infracción de legislación estatal o por esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia si lo es por legislación autonómica.
El fallo sostiene que "aun cuando la asociación recurrente pretende desvincular estos nombres de la Guerra Civil, no hay duda de que se trata de la exaltación de episodios reputados heroicos y memorables por el bando de los sublevados durante la Guerra Civil".
Por tanto, "no hay duda alguna de que la Resolución que ordena retirar estos nombres de las plazas de Oviedo encaja con toda naturalidad en la previsión del artículo 48.1 de la Ley asturiana aplicable", refleja el fallo
Y añade que en definitiva, "se puede observar que, a partir de la legislación autonómica sobre la memoria democrática y ante la inactividad municipal, la Administración asturiana está legitimada para exigir la retirada de los nombres de las calles y de las plazas que, tal como se ha podido comprobar, está plenamente justificada".