OVIEDO 23 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Universidad de Oviedo ha destacado este miércoles en nota de prensa que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha respaldado las modificaciones de los planes de estudio vinculados a la extinta Escuela de Minas y su traslado a Mieres.
"El alto tribunal asturiano desestima el recurso presentado por el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Noroeste de España y la Asociación Think Tank Escuela de Minas de Oviedo 2050 en contra de la sentencia dictada en mayo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 6 de Oviedo", apuntan desde la institución académica en nota de prensa.
En ese sentido, señala que "la sentencia ratifica lo resuelto por el Juzgado e impone el pago de las costas procesales a los recurrentes".
"Por quinta vez, la justicia dicta sentencia a favor de la Universidad de Oviedo en los procesos abiertos con relación al traslado de los estudios de minería de Oviedo a la Escuela Politécnica de Mieres", dicen desde la Universidad.
En esta ocasión, el TSJA ha desestimado el recurso de apelación y afirma que "la Universidad contestó a todas las peticiones de información" y considera que "los tres colectivos afectados, profesores, alumnos y personal, recibieron la información y participaron en el procedimiento administrativo".
La sentencia ratifica que "la modificación de los planes de estudios se ha realizado correctamente, conforme al procedimiento legal, decisión en la que han intervenido la universidad, la comunidad autónoma y los órganos de la Administración General del Estado".
En la demanda, la asociación y el órgano colegial impugnaban la modificación de los cinco planes de estudio que se impartían en la Escuela. "En esta ocasión y por vez segunda, ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, el más alto tribunal asturiano, el que se ha pronunciado desestimando el recurso de apelación, como ya lo hizo el pasado mes de septiembre con el presentado por el Ayuntamiento de Oviedo", apuntillan desde la Universidad, recordando que "en ese momento, el TSJ afirmó que la universidad pública no ha vulnerado los principios de actos propios y de confianza legítima ni ha infringido el procedimiento de tal modo que cause, además, indefensión ni, en fin, tampoco acoge la impugnación basada en la falta de motivación".