Visto para sentencia el juicio contra dos acusados de intentar matarse mutuamente en un piso en Gijón

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Publicado: miércoles, 23 octubre 2024 14:54

Piden siete años de cárcel para uno de ellos y tres años y medio para el otro procesado

GIJÓN, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Área de Gijón ha mantenido este miércoles la condena de cárcel solicitada para los dos procesados por intentar matarse mutuamente en un piso de Gijón, uno de ellos al tratar de defenderse tras ser atacado por el otro con un cuchillo de caza.

Así lo han confirmado a Europa Press desde la Fiscalía, al cierre de la vista oral, celebrada en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón.

De acuerdo al relato fiscal, sobre las 7,30 horas del 9 de octubre de 2021, se inició una violenta discusión por causas no aclaradas entre los procesados 1 (1966) y 2 (1969), cuando ambos se encontraban en una vivienda de Gijón, propiedad de uno de ellos.

En un momento dado de la disputa, uno de los acusados cogió un cuchillo de caza con una hoja de 21 centímetros, con guarda y pomo latonados y mango con cachas de asta de ciervo, propiedad del otro procesado, que tenía en ese momento sobre un mueble de su habitación, y con intención de matar al dueño del piso se dirigió a él y le asestó un golpe con el cuchillo a la altura del costado derecho.

A continuación, trató de propinarle un nuevo golpe. Ante el ataque, el dueño de la vivienda interpuso la mano derecha para evitarlo, agarrando el cuchillo, por lo que sufrió diferentes cortes.

Se inició entonces un forcejeo entre ambos procesados, en el que la víctima inicial logró finalmente arrebatarle el cuchillo y desarmarlo.

No obstante, el primer procesado se hizo de nuevo con el cuchillo, circunstancia ante la que el otro acusado, temiendo por su propia vida y ante la persistencia y agresividad en el ataque que estaba sufriendo, procedió a su vez, para defenderse, a lanzarle varios golpes a su agresor, empuñando el cuchillo con el propósito de acabar con la vida de este y poner fin así a la disputa.

Durante el forcejeo, el dueño de la vivienda logró alcanzar al otro acusado en tres ocasiones, una en la cara, a la altura de la mejilla derecha, y otras dos en la zona torácica posterior izquierda, al asestarle en un momento dado dos violentas cuchilladas.

La reyerta finalizó al llegar a la vivienda varias dotaciones de Policía, que encontraron en el interior del domicilio a ambos procesados tendidos en el suelo, sangrando.

Los agentes procedieron entonces a su detención y a su inmediato traslado al hospital ante la gravedad de las heridas que ambos presentaban.

Como consecuencia de los hechos, uno de los acusados, el primero en agredir al otro, sufrió lesiones que comprometieron su vida. Tardó en curar 90 días, seis de ingreso hospitalario. Le quedaron como secuelas varias cicatrices, entre otras.

Por su parte, el segundo procesado, y dueño de la vivienda, sufrió lesiones de las que curó a los 14 días, sin ingreso hospitalario. Le quedó como secuela una cicatriz en hemitórax derecho. Renunció al ejercicio de las acciones civiles que pudieran corresponderle.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de dos delitos de homicidio del artículo 138.1 del Código Penal, con relación a los artículos 15, 16.1 y 62, en grado de tentativa. Concurre en el segundo acusado --dueño de la vivienda-- la circunstancia eximente incompleta de "obrar en defensa de su persona".

Por todo ello, solicita que se condene al primer procesado a siete años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, abono de las costas procesales derivadas de la causa y prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a 2, así como de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento, incluidas las redes sociales, y prohibición de aproximación a su domicilio y puesto de trabajo durante 8 ocho años.

En cuanto al segundo procesado, la Fiscalía pide para él tres años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, abono de las costas procesales derivadas de la causa y prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a 1, así como de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento, incluidas las redes sociales, y prohibición de aproximarse al domicilio y al puesto de trabajo de 1 a menos de 300 metros por un período de 4 años y 6 meses.

En concepto de responsabilidad civil, y dada la renuncia al ejercicio de las acciones civiles efectuada por el segundo procesado, el primer acusado deberá de indemnizar exclusivamente al Sespa con 569,87 euros por el importe de los gastos médico asistenciales.

Por su parte, el dueño de la vivienda deberá indemnizar al primer acusado con 4.960 euros por las lesiones ocasionadas y con 3.000 euros por las secuelas; y al Sespa con 1.513,31 euros por los gastos médicos. Todo ello, más los intereses legales correspondientes.

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