Publicado: jueves, 15 febrero 2018 18:04


SANTANDER, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto por falta de pruebas a los dos acusados de haber amenazado, retenido y robado en el año 2015 a un hombre de 65 años cuando se encontraba en su casa en Reinosa.

El fiscal pedía seis años de cárcel para cada uno de los dos acusados por los delitos de detención ilegal y robo con violencia y por una falta de lesiones.

Sin embargo, la Audiencia resuelve su libre absolución al considerar que los hechos, que los acusados negaron desde el primer momento, no han resultado probados, ya que no existen "prácticamente ninguna" prueba directa, y las indiciarias son "tan poco convincentes" que resultan insuficientes.

La sentencia declara probado únicamente que la madrugada del 19 de mayo de 2015, los acusados acudieron al domicilio del anciano, que ya ha fallecido, y al que conocían con anterioridad, y estuvieron hablando con él y con un amigo de este que se encontraba en la vivienda.

Después, fueron con el anciano a dos cajeros donde el anciano introdujo la libreta, pero sin extraer cantidad alguna de dinero, y a continuación regresaron a la vivienda de la que salieron poco después los acusados con un hacha de mano propiedad de aquel.

Al salir, se encontraron con dos policías locales, que les ocuparon el hacha, pero no abrieron diligencias.

Según la Audiencia, los acusados incurrieron e numerosas contradicciones ante la juez en la fase de instrucción, que se pusieron de manifiesto también en el juicio, celebrado el pasado mes de enero y donde sostuvieron una versión de los hechos que no resulta "muy verosímil".

Esas contradicciones, prosigue la sentencia, "alimentan la sospecha", de que algo ocurrió pero "no pasa de ahí", ya que no existe suficiente prueba de que obligaran al anciano bajo amenazas a ir a los cajeros a sacar dinero, como sostenía el fiscal. Ni tampoco testimonios que puedan corroborar los indicios, que por si solos resultan insuficientes.

En ese sentido señala que también el denunciante incurrió en su declaración ante la Guardia Civil en "numerosas contradicciones", renunciando después a todas las acciones penales o civiles que pudiera ejercer. Además, había fallecido ya cuando se celebró el juicio.

Tampoco da validez a las manifestaciones del testigo principal a la hora de probar los hechos, ni a las del resto, por lo que absuelve a los acusados.

Contra la sentencia, dictada el pasado 1 de febrero, cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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