SANTANDER, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -
El magistrado presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Francisco Marín Castán, ha recordado que la cláusula suelo "no es ilícita en sí misma", pero sí si se incorpora en los contratos hipotecarios "de manera abusiva y con falta de transparencia".
Así lo ha aclarado este viernes en Santander, donde ha participado en el encuentro 'Protección del consumidor en la contratación hipotecaria', que se ha celebrado en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, y del que informa la UIMP en un comunicado.
"Es importante aclarar que la cláusula suelo no es ilícita en sí misma, pero sí cuando se incorpora de manera abusiva y con falta de transparencia", ha remarcado el magistrado, que ha pronunciado una conferencia sobre 'Cláusulas de suelo, de vencimiento anticipado y de intereses en la Jurisprudencia de Tribunal Supremo y del de Justicia de la Unión Europea'.
En su charla, Marín Castán ha señalado que el caso de las cláusulas suelo está "afectado por el fenómeno de la posverdad", ya que a su juicio existen muchas cosas que no se han explicado correctamente.
Además, ha precisado que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no declaró en 2016 su nulidad por falta de transparencia, asunto sobre el que ya se había pronunciado en 2013 el Tribunal Supremo.
"El TJUE lo que hizo fue considerar que el límite que establecía el TS sobre los efectos restitutorios de la nulidad no era ajustado al derecho de la Unión Europea, por lo que había que restablecer al consumidor a la misma situación que hubiera tenido de no existir la cláusula abusiva", ha recordado.
Tras repasar la jurisprudencia española y europea de los últimos años en la materia, Marín Castán ha considerado que "lo peor que le puede pasar a un magistrado es convertirse en legislador".
"El problema es que a veces se producen situaciones en las que no hay una ley aplicable y estamos obligados a resolver, de modo que tenemos que utilizar los métodos jurídicos que tenemos para cubrir esa laguna", ha comentado al respecto.
CLÁSULAS VENCIMIENTO ANTICIPADO Y SOBRE GASTOS
En relación con las cláusulas de vencimiento anticipado, el magistrado ha asegurado que "todas respondían al mismo patrón", ya que "cualquier impago generaba la ejecución hipotecaria". Al hilo, ha apuntado que el legislador español estableció como medida el incumplimiento de tres mensualidades, pero el TJUE dictaminó que ello "no podía impedir al juez declarar abusiva esta cláusula".
Por último, el presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se ha referido a las cláusulas sobre gastos e impuestos, que atribuyen todos los gastos al consumidor, y que son "nulas".
Pero, "esto no significa que estemos resolviendo de manera distinta a la sala de lo Contencioso-Administrativo", ha aclarado, para insistir en que cuando lleguen asuntos en los que se plantee cuáles son los gastos que debe soportar el consumidor y cuáles el banco "el Tribunal Supremo decidirá".