Una aseguradora tendrá que indemnizar al propietario de un coche aplastado por un tejado

Actualizado: miércoles, 1 julio 2015 12:00

El seguro argumentaba que era un "supuesto de fuerza mayor" pero el tribunal dice que es un viento "inusual pero no extraordinario

SANTANDER, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a una aseguradora a indemnizar al propietario de un vehículo que fue aplastado al caer el tejado de la nave en la que estaba aparcado a causa del viento, que alcanzó rachas de entre 125 y 135 kilómetros por hora.

El seguro de la nave entendía que no debía indemnizar esos daños, dado que los vientos fueron tan fuertes que se encontraba ante un "supuesto de fuerza mayor" que le exoneraba de esa responsabilidad.

Sin embargo, considera el tribunal que se trata de un "viento inusual pero no extraordinario", teniendo en cuenta que la legislación que regula el seguro de riesgos extraordinarios califica como tal el que presenta rachas que superan los 135 kilómetros por hora.

"La existencia de vientos fuertes no puede considerarse una fuerza mayor, pues la experiencia enseña que es un fenómeno normal de la naturaleza perfectamente previsible y, en concreto, habitual y frecuente en esta región", señala la sentencia de la Audiencia.

Y continúa el tribunal que "sólo cuando se trata de vientos de intensidad tal que puedan calificarse de insólitos o con un periodo de recurrencia tan largo que hagan inexigible su previsión, podrá calificase el fenómeno como caso fortuito o fuerza mayor, lo que en el presente caso no acontece".

Por tanto, la Audiencia condena al seguro a abonar 11.167 euros al propietario del vehículo, y revoca de esta forma la sentencia dictada por el Juzgado Primera Instancia nº 8 de Santander, que atendió a los argumentos de la aseguradora.

Los hechos sucedieron el 27 de febrero de 2010, sobre las 17.00 horas, cuando el vehículo, propiedad de una mujer, se encontraba aparcado en una nave ganadera y se cayó una viga del tejado de la misma golpeándolo. La nave ganadera tenía concertada póliza de seguro con la entidad demandada.

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