Convocadas las ayudas de fondos agrícolas europeos incluidas en la solicitud única

Vacas Tudancas
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL
Actualizado: miércoles, 19 abril 2017 12:29


SANTANDER, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación del Gobierno de Cantabria ha publicado la Orden por la cual se convocan y regulan las ayudas financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER, por las que el Ejecutivo repartirá 3,5 millones) incluidas en la solicitud única para el año 2017.

Dicha normativa, que aparece en el Boletín Oficial de Cantabria de este miércoles, también regula el procedimiento de solicitud de modificación del Sistema de Identificación Geográfica de Parcelas (SIGPAC) y el acceso a la Reserva Nacional de derechos de pago básico.

Respecto a la financiación de las ayudas directas con cargo al FEAGA, el cálculo del importe correspondiente se hará en función de la superficie y los animales determinados, teniéndose en cuenta para ello la superficie máxima garantizada y/o el límite máximo de animales, respectivamente.

En cuanto a las ayudas de desarrollo rural cofinanciadas por el FEADER, el Gobierno de Cantabria aportará un total de 3.560.138 euros repartidos entre las cuatro líneas de subvención que se corresponden con las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras específicas, ayudas de agroambiente y clima 2015-2020 (mantenimiento de razas locales amenazadas), ayudas a la producción (agricultura, apicultura y ganadería) ecológica 2015-2020 y ayudas al bienestar animal 2015-2020.

Para poder acceder a las ayudas, habrá que presentar una única solicitud de forma telemática a través del Sistema de Gestión de Ayudas (SGA) o según el modelo que se adjunta en los anexos de la Orden en el registro de cualquier oficina comarcal de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación. El plazo para entregar las solicitudes permanecerá abierto hasta el 30 de abril.

En caso de presentar los documentos requeridos dentro de los 25 días naturales posteriores a dicho intervalo de tiempo, estos serán admitidos, pero el importe de las ayudas quedará reducido en un 1 por ciento por cada día hábil de retraso, salvo que esta demora se deba a causas excepcionales.