El Gobierno rectifica el Catálogo de Montes de Utilidad Pública

Monte Arbolado
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:25

SANTANDER, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado este martes en el Boletín Oficial de Cantabria la aprobación del procedimiento para la rectificación del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cantabria que entrará en vigor este miércoles 2 de octubre.

El Catálogo contiene los montes que son propiedad de las administraciones públicas y se aprobó en julio de 1927. Los datos que figuran en este registro, principalmente en cuanto a los límites y superficies de los montes, así como a la propiedad de las parcelas, están sometidos a variaciones, producto fundamentalmente de actos administrativos y sentencias judiciales, por lo que la Consejería acomete la rectificación para adecuarlo a la realidad actual y establecer un procedimiento ágil y a la vez garantista que permita plasmar en el Catálogo unos datos precisos.

El procedimiento regulado en la nueva orden se aplicará a las rectificaciones del Catálogo de Montes de Utilidad Pública relativas a montes sin deslindar o deslindados sólo parcialmente.

Previamente a la iniciación del procedimiento se llevará a cabo un trabajo de campo, preferentemente por término municipal, que se plasmará en un informe de la Sección Forestal dirigido al jefe del servicio de Montes. Dicho informe hará referencia, al menos, a la titularidad, límites, cabida y especies del monte en cuestión. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses.

Si del informe de la Sección Forestal se deduce que es necesario rectificar el Catálogo, el jefe del servicio de Montes iniciará el procedimiento de rectificación mediante una resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de Cantabria y expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

La resolución de iniciación del procedimiento concederá un plazo de veinte días para que tanto el Ayuntamiento como otros interesados en el procedimiento presenten alegaciones. Si las presentadas por particulares tienen como objeto cuestiones relativas a la titularidad de fincas incluidas dentro de un monte de utilidad pública, el procedimiento no se suspenderá.

Una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones, el jefe del servicio de Montes elaborará una propuesta de resolución que será publicada BOC y expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la que se concederá un nuevo plazo de quince días para presentar alegaciones. Concluido, el jefe del servicio de Montes formulará una propuesta de resolución definitiva y la elevará al director general de Montes y Conservación de la Naturaleza. El procedimiento finaliza mediante resolución del director general.

Contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural en el plazo de un mes. Si la impugnación tiene por objeto únicamente cuestiones referidas a la titularidad de fincas, deberá interponerse reclamación previa a la vía judicial civil.

SOLUCIÓN AL PROBLEMA DE LOS MUP

Según ha indicado el Gobierno en un comunicado de prensa, esta rectificación es una de las diversas medidas que está desarrollando para dar solución a la problemática derivada de los MUP en Cantabria.

El Catálogo incluye aquellos montes especialmente valiosos, por sí mismos y por su condición de proveedores de recursos y servicios ambientales, lo que convierte a los montes catalogados en factores para el desarrollo socioeconómico y medioambiental.

En Cantabria, se encuentran catalogados actualmente 481 MUP, de los cuales 480 son propiedad de las administraciones locales, ayuntamientos y juntas vecinales.

La modificación del Catálogo se suma a las diferentes líneas de actuación del Gobierno de Cantabria en relación a los MUP. Entre ellas, cabe destacar la reciente entrada en vigor de los primeros convenios demaniales de aprovechamiento particular de los MUP, que sustituyen a los antiguos consorcios forestales que no podían renovarse tras la entrada en vigor de la Ley de Montes de 2003.