Parque eólico.
IBERDROLA.
Actualizado: miércoles, 17 mayo 2017 10:25


SANTANDER, 17 May. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Política Energética y Minas ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) dos resoluciones por las que desestima la solicitud de autorización administrativa de los proyectos del parque eólico Castillo, en Cantabria y Palencia, y del parque eólico La Magdalena, en Luena y Campoo de Yuso (Cantabria) y Valle de Valdebezana (Burgos), ambos promovidos por Viarsa Energía, S.A.

El proyecto del parque eólico Castillo era de 24 MW y el de La Magdalena de 25,2, y ambos incluían las correspondientes subestaciones eléctricas y líneas subterráneas y aéreas de evacuación de la energía eléctrica.

Industria desestima las solicitud de autorización administrativa de Viarsa Energía para ambos proyectos por no haber presentado en plazo la correspondiente garantía económica, por lo que declara conclusos ambos procedimientos y acuerda su archivo, sin perjuicio del derecho a presentar nuevas solicitudes.

Contra la resolución se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de
Estado de Energía en el plazo de un mes

Viarsa Energía S. A. solicitó autorización administrativa para ambos proyectos, que ratificó el 18 de diciembre de 2015, así como del inicio de la evaluación de impacto ambiental.

El Real Decreto de 27 de noviembre de 2015 establece el régimen de garantías necesario para tramitar instalaciones de producción y la disposición transitoria primera recoge que "las instalaciones de producción que a la entrada en vigor de este Real Decreto no tuviesen garantía alguna depositada, estando obligadas a ello... dispondrán de un plazo de cuatro meses para cumplir lo previsto".

Teniendo en cuenta que ha transcurrido el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor del citado Real Decreto sin que Viarsa Energía haya presentado la correspondiente garantía económica para los proyectos, el 12 de mayo de 2016 se acordó el inicio del actual procedimiento, que fue notificado a la compañía que no ha presentado alegaciones.

Por todo ello la Dirección General de Política Energética y Minas considera que procede resolver el procedimiento desestimando las autorizaciones y declarando concluidos los procedimientos.

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