Para evitar molestias a los vecinos por el paso de camiones
SANTANDER, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santander ha desestimado el recurso de HORMISA contra una resolución de la Consejería de Industria que obliga a esta empresa a habilitar un vial para que los camiones acceden a las instalaciones de la cantera por la zona Norte para evitar las molestias ocasionadas a los vecinos de Camargo que viven cerca de la carretera que une las localidades de Escobedo y Arce (Piélagos).
La sentencia, dictada por el magistrado Luis Acayro Sánchez el pasado 24 de noviembre y difundida este miércoles por Ecologistas en Acción, rechaza las pretensiones de la empresa HORMISA que explota la cantera El Cubo y las plantas de transformación, señalando la legalidad de los acuerdos adoptados por la Consejería de Industria. Asimismo, condena en costas a la misma empresa.
La sentencia, consultada por Europa Press, incide en el hecho de que la cantera de HORMISA carece de las preceptivas licencias municipales de actividad y de apertura. Añade que el acceso por el vial Norte era una de las condiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que "había propuesto y debía ejecutar la propia recurrente" pero que "sigue sin cumplir".
La empresa alegó que no ha podido ejecutar el vial "por razones jurídico-urbanísticas ya que el PGOU del municipio precisaba de una previa modificación puntual". Además, entiende que este vial Norte es "ilegal e infringe la normativa de seguridad respecto a la pendiente máxima, la anchura de la calzada y el radio de curvatura"; y que las resoluciones recurridas suponen, de facto, una modificación de las condiciones de la DIA al margen del procedimiento legal.
El magistrado rechaza todos los argumentos de la empresa, considerando en primero lugar que no se puede atribuir la responsabilidad de no haberse materializado el vial Norte a la Administración porque, "sencillamente, no la tenía".
Respecto a la modificación del PGOU, señala que "lo único que consta es la pasividad del recurrente que no ha cumplido los
requerimientos que se le han realizado como bien detallan los codemandados en su oposición". Y en cuanto a la posible modificación de la DIA al margen del procedimiento, "tampoco puede apreciarse
porque precisamente se le está exigiendo el cumplimiento de la única emitida".
Ecologistas en Acción señala en un comunicado de prensa que la empresa obtuvo la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en el año 2008, y que "nunca construyó esta carretera que ella mismo propuso, argumentando problemas urbanísticos, ni buscó soluciones o alternativas durante casi los 10 años posteriores".
EA puntualiza que "tampoco la administración, en especial las Consejerías de Industria y Medio Ambiente, obligó a la empresa a cumplir la DIA", y que "tan sólo la insistencia de los vecinos afectados con el apoyo de nuestra asociación, ha conseguido que ambas Consejerías al final asumieran su responsabilidad y demandaran a la empresa una alternativa a la circulación de los camiones por la carretera entre Arce y Escobedo, para evitar las molestias constantes, algo que estaba previsto desde el año 2008".
A juicio de los ecologistas, los ayuntamientos de Camargo y Piélagos "tampoco se han destacado por el interés mostrado ante las denuncias vecinales, especialmente el de Camargo, que se limitó a solicitar un estudio acústico" en marzo de 2013.