La jueza no admitió como prueba un informe pericial de la Defensa que la Audiencia considera "indispensable"
SANTANDER, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número 1 de Santander tendrá que repetir el juicio contra un padre y una hija acusados de defraudar unos 375.000 euros a Hacienda en operaciones de compraventa de terrenos y de viviendas promovidas por la empresa familiar.
Así lo ha acordado la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, que ha anulado el juicio porque no se admitió como prueba documental un informe pericial presentado por la Defensa de los acusados y que, a juicio de la sala, es "indispensable" para que los procesados puedan rebatir los informes de la Administración Tributaria y no queden en situación de indefensión.
De esta forma, la Audiencia estima el recurso de los dos acusados contra la sentencia de instancia, en la que se condenaba a ambos por un supuesto delito contra la Hacienda Pública.
El Juzgado de lo Penal consideró probado que el padre y la hija, como administradores de sendas sociedades mercantiles, eludieron declarar el IVA de varias operaciones relacionadas con compraventa de terrenos e inmuebles, en otras se lo imputaron a los compradores pero no lo ingresaron después a Hacienda, y en otros casos realizaron operaciones para eludir el pago del impuesto o tener derecho a deducciones "indebidas".
Por ello, condenó al padre a tres años y nueves meses de cárcel y al pago de multas equivalentes a la cantidad supuestamente defraudada, y a la hija le impuso año y medio de cárcel y multa de algo más de 126.000 euros, junto con la obligación conjunta de abonar a Hacienda el importe no ingresado más intereses.
Los acusados recurrieron ante la Audiencia alegando que no se había aceptado el informe pericial de la defensa como prueba documental. Aunque el perito llegó a prestar declaración en el juicio, la jueza no admitió su informe como prueba documental, lo que en la práctica resta también toda validez a la declaración.
La Audiencia Provincial no entiende que se escuche el testimonio del perito y no se admita su informe, ni siquiera aunque la jueza alegue que no se presentó previamente a pesar de los múltiples requerimientos realizados por parte de la Administración Tributaria.
La sentencia de la Audiencia recalca que ese informe no sólo es "pertinente", sino que su práctica es "necesaria, indispensable, forzosa y obligada" para evitar la "indefensión" de los acusados, ya que con él, los acusados pretendían rebatir el informe pericial de Hacienda y querían probar que la cantidad supuestamente defraudada no alcanza los límites que conllevan su consideración como delito.
Por tanto, se considera que esa prueba es trascendente para determinar la condena o absolución de los procesados y, al no admitirse, se ha "vulnerado" su derecho de defensa. En consecuencia, la Audiencia anula la sentencia del Juzgado y le ordena celebrar un nuevo juicio en el que se admita la prueba y, tras examinar de nuevo todos los hechos, se dicte sentencia.