Actualizado: sábado, 15 julio 2017 12:11


SANTANDER, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por un hombre al que la Audiencia de Cantabria condenó el año pasado a tres años y dos meses de cárcel por una agresión sexual en grado de tentativa.

La sentencia ahora confirmada por el alto tribunal también le condena a cinco años de libertad vigilada, a no acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante seis años y a indemnizarla con 3.000 euros por daños morales. A la vez, quedaba absuelto del delito de agresión sexual del que era acusado.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2014 cuando ambos se encontraron en un bar de Santander por la noche y se fueron con otra pareja a la casa de uno de ellos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, explica que la mujer no recuerda nada de lo sucedido desde el momento en que estaba en el bar hasta que se despierta tumbada en la cama con su agresor, quien, al tratar de abandonar el cuarto, "la agarró del brazo, tirándola de nuevo sobre la cama, donde sujetándole fuertemente por el cuello y el brazo derecho trató de retirarle la ropa interior y penetrarla vaginalmente", lo que no logró gracias a la oposición de la mujer y a que la otra chica llamó a la puerta de la habitación.

En su recurso, el condenado alegó contradicciones en los distintos testimonios de la víctima y el valor exculpatorio de las declaraciones de los testigos -la otra pareja-.

El Supremo, sin embargo, destaca la "persistencia" en la versión de la víctima y la coincidencia en su relato, frente a los cambios en el testimonio del procesado, que "ha ido estratégicamente adaptando su versión" cuando los análisis de AND demostraron la existencia de restos de su semen en la vagina de la víctima. Así, pasó de la negativa inicial a haber mantenido relaciones con la denunciante, a admitirlo posteriormente.

En su sentencia, el alto tribunal añade que "el radical paréntesis de olvido" que afecta a la víctima "no es indiferente" a la Audiencia, sino que ha servido para exculparle de la primera de las agresiones denunciadas por "insuficiencia probatoria".

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