Toleracia Cero al Bullying cree que la reciente sentencia condenatoria por un caso en Santander es solo "un parche"

Publicado: domingo, 3 marzo 2024 20:25

Cree que "la solución" contra el acoso escolar no es "judicializar situaciones que debieran resolverse dentro del propio entorno educativo"

SANTANDER, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Tolerancia Cero al Bullying cree que la reciente sentencia del Juzgado de Menores de Santander que condena a cuatro menores, a sus progenitores y a un colegio de la capital cántabra por un caso de acoso escolar a indemnizar con 4.000 euros a la víctima, "no es una victoria", sino un "parche ante la carencia de soluciones eficaces" dentro del sistema actual.

"Judicializar asuntos de menores, que ocurren bajo la supuesta vigilancia de adultos responsables y profesionales, y que tras las múltiples alertas y avisos no actúan de manera suficiente para frenar una situación que degrada la dignidad y la experiencia académica y educativa de un menor, no será nunca la solución para erradicar el acoso escolar", ha aseverado en un comunicado este colectivo unos días después de hacerse pública esta sentencia.

Tolerancia Cero al Bullying considera que, aunque la Justicia "ha respondido" con una sentencia "tajante" y que falla a favor de la familia denunciante del alumno víctima del acoso, este caso es más bien "una derrota, una llamada de atención y la evidencia de que algo sigue fallando en el planteamiento actual que algunas Administraciones, y parte de la comunidad educativa, cree que es suficiente para frenar el acoso escolar".

Ha insistido en que "la solución no parte de judicializar situaciones que debieran resolverse pro socialmente dentro del propio entorno educativo".

Por ello, considera que se debe incidir "con más prevención y con una formación eficaz para poder detectar y actuar correctamente" y también "con una intervención imparcial" que proporcione todas las garantías y en la que "el protocolo no es el fin de una situación de bullying, sino una herramienta para resolver los posibles conflictos".

LA SENTENCIA

Según la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, quedó probado que los cuatro menores en cuestión, actuando todos ellos de común acuerdo y con el propósito de "menoscabar gravemente la integridad moral" de la víctima, realizaron distintos hechos orientados a ese fin, de manera "continuada y prácticamente a diario", durante casi un curso completo, entre septiembre de 2021 y abril de 2022.

En concreto, cada vez que estaban con el perjudicado, "le llamaban enano, bajito, maricón y gay", con el propósito de "molestarle" y sin "conocer su orientación sexual". Y además, "constantemente le golpeaban dándole collejas y empujones, cada vez que le veían", tanto en las aulas como en las instalaciones deportivas del centro.

En abril de 2022, la madre del niño puso estos hechos en conocimiento del centro educativo, que le cambió de clase, pero a pesar de ello continuaron molestándole. Así, el 29 de ese mes los procesados "le propinaron un fuerte balonazo en la cara de forma intencionada y le cogieron entre todos de los brazos y las piernas cuando estaba en las gradas del colegio, levantándole para a continuación dejarle caer fuertemente sobre el suelo, quitándole un zapato con el que jugaron al fútbol".

Como consecuencia de esto, el menor fue trasladado por su progenitora al Hospital Valdecilla, donde no se constataron lesiones físicas, pero debido al sufrimiento emocional que padecía fue derivado al servicio de Psiquiatría.

Todo esto constituye, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso esta agencia, un delito contra la integridad moral del que son responsables los cuatro menores ahora condenados y que, a través de sus abogados, se conformaron con los hechos considerados probados y con las medidas solicitadas por la fiscal: tareas socioeducativas durante diez meses y 4.000 euros de indemnización a la víctima.

Las medias impuestas y aceptadas por los encausados se orientan, en un caso, a mantener su escolaridad y favorecer su desarrollo moral y capacidad empática; en otro, a desarrollar sus habilidades sociales asertivas; en el tercero, a favorecer su desarrollo moral; y en el último se encaminan a su formación e inserción sociolaboral, así como a la adquisición de habilidades sociales y para promover su capacidad empática.

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