SANTANDER 24 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sección Quinta de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad anular el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Santander, aprobado por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU) en septiembre de 2012.
Según ha dado a conocer el portal Vozpópuli, la Sala, compuesta por diez magistrados, ha estimado así el recurso de casación interpuesto por la asociación ecologista ARCA que calificaba de "irreal" el crecimiento poblacional previsto en el Plan y consideraba de no justificada la transformación de suelo no urbanizable en urbanizable.
La ponencia de la sentencia, que se dará a conocer en los próximos días, ha correspondido al magistrado y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Rafael Fernández Valverde.
ARCA ya recurrió el PGOU de Santander ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), pero su tesis acerca de la "injustificada" necesidad de delimitar "una inmensa superficie" del suelo edificable fue desestimada en junio de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo.
Sin embargo, ahora el Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la asociación ecologista cántabra y que contó con la oposición del Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Santander que en sendos escritos enviados al Alto Tribunal defendieron la justificación de este nuevo modelo urbanístico.
Pese a ello, diez magistrados de la Sala Tercera del Alto Tribunal, de forma unánime, han estimado el recurso de ARCA, dando así la razón a los ecologistas, y han revocado la sentencia dictada en junio de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
El PGOU de Santander, ahora anulado, preveía una población máxima de 261.000 habitantes en el horizonte de 2024, y para albergar esa población, se estimaba que van a hacer falta 35.316 nuevas viviendas.