Un consumidor no tendrá que pagar las costas derivadas del proceso de nulidad de cláusula suelo en un préstamo

Publicado: jueves, 30 septiembre 2021 12:39


TOLEDO, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

El despacho Munoz Abogados, de Ciudad Real, ha logrado una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que condena a Liberbank a asumir las costas procesales derivadas del proceso de nulidad de cláusula suelo en un préstamo hipotecario por no atender la reclamación previa a la vía judicial efectuada por el consumidor.

El fallo, que corrige una resolución de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, sienta doctrina respecto al contenido y alcance de las reclamaciones previas a la vía judicial y abre la puerta no sólo a las reclamaciones contra la entidad bancaria fusionada con Unicaja, sino a cualquier afectado por cláusulas abusivas impuestas por otras entidades financieras.

El abogado Antonio Muñoz Muñoz, titular del despacho, subraya la importancia de esta sentencia porque "no tenía sentido que el afectado tuviera que pagar los costes de un proceso para eliminar una cláusula abusiva, algo que es totalmente injusto", y también "es fundamental para disuadir a los bancos a aplicar las cláusulas abusivas, ya que si no pagasen costas podrían seguir imponiendo importes extras en los préstamos hipotecarios".

PROCESO

El bufete reclamó la nulidad de la cláusula limitativa a las variaciones del tipo de interés denominada cláusula suelo, incluida en la escritura de préstamo con garantía, y la devolución de las cantidades indebidamente percibidas en un proceso desarrollado en el Juzgado de Primera Instancia n 2 de Tomelloso (Ciudad Real).

La sentencia, de abril de 2017, obligaba a la devolución de las cantidades cobradas a causa de la cláusula suelo, pero no condenaba al banco a las costas judiciales devengadas en el proceso judicial, a pesar de haber sido requerido de forma previa.

En segunda instancia, el despacho ciudadrealeño apeló ante la Audiencia Provincial con la intención de reclamar el pago de las costas procesales por parte de la entidad bancaria al consumidor, pero en julio de 2018 se desestimaba el recurso.

Después de que ni en primera ni en segunda instancia se estimase la demanda del pago de costas, se presentó un recurso de casación al entender que los gastos procesales de las instancias deben ser impuestos a Liberbank, de acuerdo a anteriores resoluciones del Supremo, y recurso extraordinario por infracción procesal ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real por "una resolución arbitraria, ilógica e irrazonable, al no apreciar la mala fe por parte del banco demandado".

Las actuaciones fueron remitidas a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que el pasado 22 de septiembre anulaba la sentencia 182/2018, de 16 de julio, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, y resolvía a favor de la parte demandante obligando a Liberbank a abonar todos los gastos procesales.

Antonio Muñoz subraya que "es fundamental que el Tribunal Supremo reconozca que el afectado no debe hacer frente a los gastos procesales, ya que debe restituirse su situación sin la existencia de la cláusula suelo", y añade que "de no ser así se estaría perjudicando precisamente a los firmantes de las hipotecas, que en muchos casos renuncian a reclamar contra las entidades financieras precisamente por los gastos que ocasiona".

Además, "desde el primer momento entendimos que la entidad bancaria había actuado de mala fe", explica Muñoz; Liberbank no atendió los requerimientos extrajudiciales formulados desde el despacho, con más de tres meses de antelación a la formulación de la demanda.

La sentencia deja bien claro que "Liberbank hubiera podido atender la reclamación del consumidor en ese plazo tan extenso, y hubiera podido dar satisfacción a su cliente sin necesidad de que éste hubiera tenido que interponer una demanda judicial, representado por procurador y asistido por abogado, con los gastos que ello conlleva".