TOLEDO, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Desarrollo Sostenible del Gobierno de Castilla-La Mancha no va a recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que ha declarado nula la resolución por la que se establecieron los servicios mínimos en prevención y extinción de incendios forestales en la empresas pública Geacam en julio de 2021.
Fuentes del departamento que dirige José Luis Escudero remarcan que "acatarán y cumplirán" lo que dicta la sentencia, "como no podía ser de otra forma", respecto a una decisión que se tomó en su día en base a la responsabilidad en materia de prevención y extinción de incendios forestales.
Inciden asimismo que establecer unos servicios mínimos del 100% "estuvo condicionado por el riesgo extremo en la Comunidad autónoma por riesgo de incendios --del mismo modo que el resto de España--, "debido a las adversas condiciones meteorológicas de esas fechas veraniegas".
"Se solicitó la colaboración a toda la ciudadanía para minimizar riesgos, a la vez que se mantenía operativo todo el dispositivo, y estaban abiertos todos los cauces de diálogo social con los trabajadores, igual que sucede a día de hoy", han manifestado desde la Consejería de Desarrollo Sostenible.
El sindicato CCOO interpuso un recurso contencioso-administrativo, por el procedimiento especial de derechos fundamentales, contra esta Resolución, que establecía los servicios mínimos durante la huelga convocada para los días 23, 24, 30 y31 de julio de 2021.
La sentencia reconoce que la Administración regional no estableció "la necesaria ponderación para preservar un contenido mínimo del derecho de huelga" y obliga a la Junta a abonar a CCOO la cantidad de 1.000 euros.