TOLEDO, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este jueves una Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden anterior que establecía las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para paliar los daños relacionados con ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) al ganado doméstico en Castilla-La Mancha.
La modificación, recogida por Europa Press, se explica por diversos motivos, entre ellos la necesidad de cambiar el apartado de la Orden relativo a la financiación, para incluir la posibilidad de financiación estatal, tras la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el 28 de julio de este año, donde fue aprobada la Estrategia para la conservación y gestión del lobo (Canis lupus) y su convivencia con las actividades del medio rural, junto con sus instrumentos de aplicación, entre los que se incluye los criterios objetivos de distribución y la distribución de los fondos correspondientes para paliar daños producidos por el lobo ibérico a la ganadería extensiva.
Además, teniendo en cuenta que al haber incrementado el importe de las ayudas la probabilidad de superar el límite máximo por ataque establecido en las bases reguladoras es mayor y que el importe convocado para estas ayudas en los últimos años ha sido suficiente, y que por otro lado, la ganadería extensiva es un sector fundamental para la región, que en la provincia de Guadalajara debe convivir con la presencia del lobo ibérico, sin que ello les suponga un perjuicio económico en su actividad, también procede eliminar de la Orden el límite máximo establecido.
Igualmente, el texto explica que tras la publicación de la Ley para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, con la que se pretende garantizar la igualdad real entre hombres y mujeres mediante la erradicación de la violencia de género ampliándose la protección a todos los escenarios y manifestaciones de la violencia de género y más recientemente la Ley de creación y crecimiento de empresas, se hace necesario modificar el artículo 2 de la Orden anterior en lo relativo a los requisitos de las personas beneficiarias.
La presente Orden entrará en vigor este mismo jueves, coincidiendo con su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.