TOLEDO, 22 May. (EUROPA PRESS) -
Este martes, 23 de mayo, entrará en vigor la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se modifica la Orden de mayo de 2013 de la anterior Consejería de Agricultura, del Gobierno 'popular', que regulan los servicios de prevención y extinción de incendios forestales, tras una sentencia y un auto del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha.
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este lunes, y recoge Europa Press, la nueva Orden en la que se recuerda que en una sentencia de enero de este año, el alto tribunal castellano-manchego estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Orden del anterior Ejecutivo del PP, por la que se regulan los servicios de prevención y extinción de incendios forestales, y obligaba a incluir en un artículo la definición de las Brigadas de Investigación de Incendios Forestales, que "estarán constituidas por funcionarios públicos con la condición de Agentes Medioambientales".
De igual modo, el TSJCM obligaba a introducir la mención de que "en cada zona habrá una jefatura de zona, por cada comarca habrá una jefatura de comarca y que por cada provincia habrá también un auxiliar técnico de extinción".
Más tarde, en un auto con fecha del 31 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha subsanó los errores en que había incurrido con dicha sentencia y corrigió algunos aspectos relativos a las guardias de disponibilidad o a los servicios extraordinarios realizados por el personal funcionario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En base a estas disposiciones del TSJCM, en la nueva Orden se determina que la Brigada de Investigación de Incendios Forestales (Biif) será el Grupo encargado de la investigación de las causas que originan los incendios y estarán constituidas por funcionarios públicos con la condición de Agentes Medioambientales.
Además de modificar las categorías de los puestos en la gestión del incendio, la nueva Orden contempla que las funciones asignadas al auxiliar técnico de extinción, en el ámbito provincial, serán desempeñadas por los coordinadores provinciales y coordinadores adjuntos de Agentes Medioambientales y en su sustitución por coordinadores comarcales, todos ellos pertenecientes al Cuerpo de Agentes Medioambientales. En cada provincia habrá un auxiliar técnico de extinción.
Cuando las funciones se realicen en ámbito regional dicha categoría será desempeñada por el coordinador regional de agentes medioambientales, que será sustituido, en su caso, por los correspondientes coordinadores provinciales según la localización del incendio.
En cuanto a las funciones asignadas al coordinador comarcal de incendios serán desempeñadas por los coordinadores comarcales del Cuerpo de Agentes Medioambientales, y, en su caso, por otros agentes medioambientales pertenecientes al Cuerpo de Agentes Medioambientales.
En cada comarca de incendios habrá una jefatura de comarca.
En base a esta nueva Orden, los puestos del jefe de zona de incendios, agente en reserva, agente en época de peligro bajo y medio y agente investigador de causas serán desempeñados por personal del Cuerpo de Agentes Medioambientales. En cada zona de incendios habrá una jefatura de zona.