TOLEDO 28 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo va a juzgar el próximo martes, 2 de julio, a un varón --C.R.R.--, que se enfrenta a casi cinco años de cárcel por sendos presuntos delitos de blanqueo de capital y de blanqueo de capital imprudente.
Según recoge Europa Press, en su escrito de acusación, el Ministerio Fiscal relata que, en el mes de mayo de 2020, el acusado era titular de dos cuentas bancarias en BBVA, entidad en la que M.R.R.G. tenía abierta una cuenta corriente en la sucursal de la localidad de Malpica de Tajo.
En fecha de 23 de mayo de 2020, a través de una persona no identificada, y valiéndose de determinadas manipulaciones informáticas el acusado habría entrado en la cuenta de M.R.R.G., realizándole tres transferencias no autorizadas ni consentidas por ella, por un importe respectivo de 1.200 euros, y de 190 euros, a favor de la primera cuenta referida, cuya titularidad era del acusado, y otra transferencia de 300 euros, se realizó a la segunda cuenta del acusado.
C.R.R. procedió a disponer del dinero, asumiendo la posibilidad de su procedencia ilícita, sin preocuparse por realizar ningún tipo de comprobación sobre la legalidad de la operación, el origen del dinero, o la honestidad del receptor, o bien, planteándose como probable su origen ilícito, pudiendo tener conocimiento del carácter fraudulento de las mismas, llegando a entregar dicha cantidad de dinero a una persona no identificada, quedándose el acusado con la cantidad de 500 euros.
La perjudicada, M.R.R.G., ha sido indemnizada por la entidad bancaria BBVA, reclamando dicha entidad mercantil la indemnización que legalmente le corresponda por el perjuicio económico que ha sufrido.
Los hechos relatados, según Fiscalía, son constitutivos de un delito de blanqueo de capital, y alternativamente, son constitutivos de un delito de blanqueo de capital imprudente, por lo que procede imponer al acusado, tres años de prisión, por el delito de blanqueo de capital, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 5.170 euros, con la correspondiente responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
Alternativamente, procede imponer al acusado, por el delito de blanqueo de capital imprudente, la pena de un año y nueve meses de prisión, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 5.170 euros, con la correspondiente responsabilidad personalen caso de impago. Y costas (artículo 123 del Código Penal).
En cuanto a la responsabilidad civil, el procesado deberá de indemnizar a la entidad mercantil BBVA en la cantidad de 1.690 euros, por el dinero defraudado, con aplicación en su caso de los intereses de demora prevenidos en el artículo 576 de la LECivil.