CUENCA, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Salvacañete, en la provincia de Cuenca, cobrará una tasa de 3 euros por persona y día por recolectar setas en los montes de titularidad pública del municipio, una vez sea aprobada de forma definitiva la ordenanza Ordenanza Fiscal Municipal reguladora de Aprovechamiento Micológico.
Dicha ordenanza ha sido sometida a información publica desde este lunes, según ha publicado el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca y recoge Europa Press, y durante los próximos 30 días dicho texto podrá ser examinado al mismo tiempo que podrán presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.
En el texto de la ordenanza, el Ayuntamiento de la localidad asegura que en la actualidad, la recogida de setas "es una actividad que ha despertado un interés creciente haciendo necesaria una regulación que evite la recogida incontrolada y abusiva que pueda ocasionar daños al medio ambiente".
El Consistorio, "como titular de montes, es propietario de los productos micológicos que nacen en los mismos, de acuerdo con lo establecido en la ley 43/2003 de montes", cosa que "viene a justificar" la adecuación de la norma a los principios de buena regulación.
Por tanto, la presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de la tasa y el aprovechamiento micológico, para su consumo o comercialización, en terrenos titularidad del Ayuntamiento
PERIODO DE APROVECHAMIENTO
El texto de Salvacañete ha establecido el periodo de aprovechamiento en la época natural de recolección, fijándose desde el 15 de agosto al 15 de enero del año siguiente, y del 1 de marzo al 31 de mayo, con las excepciones o limitaciones establecidas durante la realización de las batidas de caza.
La cuantía de la tasa que se establece para el aprovechamiento micológico es de tres euros por persona y día, así como de 30 euros el pase de temporada, con un máximo de 100 pases. Esta tasa la deberán de abonar los mayores de 10 años.
Asimismo, se prevé la recolección de setas con fines recreativos y autoconsumo, siendo la cantidad de setas a recoger inferior a 5 kilos por persona al día.
Tambien se prevé la recogida científica, establecida para el uso de los productos en investigaciones de carácter científico o educativo.
El órgano competente para expedir la autorización será la Alcaldía o el establecimiento público autorizado y todas estas autorizaciones serán de carácter nominativo, personal e intrasferible.
La autorización deberá portarse en toda la recolección junto a cualquier documento acreditativo que permita la identificación del sujeto, y deberá ser exhibida cuando para ello se le requiera por el personal autorizado.
La recolección de setas se efectuará teniendo en cuenta diversas determinaciones, como que se deben respetar los ejemplares pasado, rotos o alterados y aquellos que no sean motivo de recolección, dejándolos en el mismo lugar donde han sido observados.
Los sistemas y recipientes autorizados para el traslado y almacenamiento de las setas dentro de los momentes deberá permitir su aireación y la caida al exterior de las esporas, siendo obligatorio el uso exclusivamente de canastos o cestas de mimbre y similares. Al mismo tiempo, queda prohibido usar bolsas de plástico.
PRÁCTICAS PROHIBIDAS
El texto legal aprobado por el pleno del Ayuntamiento de Salvacañete recoge una serie de prácticas prohibidas, entre ellas, la recogida de setas fuera de los periodos establecidos, remover el suelo de forma que se altere la capa vegetal, el empleo de herramientas como rastrillos o azadas, el mal uso de los caminos públicos o cañadas, recoger setas inmaduras o recoger setas en equipos de más de tres personas así como la colecta en horario sin luz natural, quedando prohibido el uso de linternas u otras fuentes de luz.
Para todo ello se establece una serie de sanciones, que van desde las leves hasta las muy graves, que serán sancionadas desde un apercibimiento o multa de 100 euros hasta las multas que lleguen a 3.000 euros.