GUADALAJARA, 13 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha emitido una resolución por la que se prorrogan durante 14 días más las medidas especiales adoptadas para frenar la expansión de la COVID-19 en Guadalajara capital.
En las semanas epidemiológicas 39 y 40 se han declarado en la capital guadalajareña 520 nuevos casos de Covid-19, concretamente 284 en la semana 39 y 236 casos en la semana 40, ha informado la Junta en un comunicado.
Aunque la razón de tasas de incidencia entre ambas semanas es de 0,83, lo que indica una tendencia descendente, la tasa de incidencia acumulada en estos 14 días se situaría en 605,56 casos por 100.000 habitantes, por encima del umbral de alerta establecido en Castilla-La Mancha.
Ello hace necesario el mantenimiento de las medidas especiales (nivel 2) decretadas para Guadalajara el pasado 16 de septiembre y prorrogadas con fecha 29 de septiembre, medidas complementarias a las que ya aplica la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional para minimizar el riesgo de transmisión comunitaria en el municipio y la propagación no sólo en el ámbito municipal, sino también en los municipios con los que mantiene relación social y laboral.
Las medidas se basan en el mantenimiento de distancia interpersonal evitando aglomeraciones y también evitar prácticas de riesgo por ignorar medidas básicas de higiene, protección de las poblaciones vulnerables y promoción del control y educación sanitaria. Entre las medidas a adoptar destaca el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
Asimismo, queda suprimido el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad, limitándose el aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad al 50 por ciento del máximo establecido previamente.
Las terrazas de bares y restaurantes también reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo establecido previamente y deberán cumplir todas las medidas establecidas en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
En los establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas.
Las celebraciones de eventos como bodas, comuniones, bautizos y similares, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
CENTROS SOCIOSANITARIOS Y RESIDENCIAS
En el caso de los centros sociosanitarios, se suprimirán las visitas en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y otros centros sociosanitarios donde residan personas consideradas vulnerables, limitándose la entrada de personas ajenas a dichos centros a lo estrictamente necesario. Asimismo, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en centros de día y Servicios de Estancias Diurnas.
No se permitirá la salida de residentes salvo por razones de fuerza mayor, y a su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores o centros de similar naturaleza, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con COVID-19 y que el centro se encuentre libre de COVID-19 en ese momento.
Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia en el puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación, PCR para descartar la infección por COVID-19.
ACTIVIDADES SOCIALES
Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
El número de personas en velatorios y cortejos fúnebres se limita a un máximo de 10, mientras que el número de personas en eventos sociales como bodas, bautizos y comuniones se limitará a un máximo de 25.
Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol en la vía pública, y en caso de incumplimiento se deberán aplicar rigurosamente las sanciones correspondientes.
Como medidas complementarias, se suspenden las actividades colectivas de ocio tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
Se suprime la actividad de las escuelas municipales y se suspenden eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, asociaciones, peñas o particulares. Se procede también al cierre cautelar de locales como cines, teatros y auditorios, y de bibliotecas y museos.
También permanecerán cerradas las piscinas municipales y otras instalaciones recreativas de este tipo, independientemente de su titularidad, y parques y jardines deben permanecer cerrados en horario de 22.00 a 8.00 horas.
Se suspenden mercadillos y mercados al aire libre, salvo en los casos en que en la localidad se dependa de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitándose en ese caso a la apertura de los puestos dedicados a la venta de estos productos.
En establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas a la posibilidad de mantener la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Se recomienda a la ciudadanía limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y se recomienda que dichos encuentros se limiten a un máximo de diez personas, incluyendo convivientes.