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Publicado: viernes, 12 noviembre 2021 12:04


GUADALAJARA, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

La candidatura de Sigüenza para conseguir la consideración de Ciudad Patrimonio de la Humanidad ha pasado su primer filtro después de que el Consejo de Patrimonio Histórico de España haya aceptado incluirla en su propuesta a la Unesco para entrar en la lista indicativa, un paso previo que supone el pistoletazo de salida a lo que será al fase decisiva para conseguir su objetivo.

Así se lo ha hecho saber la viceconsejera de Cultura, Ana Muñoz, a la alcaldesa de la ciudad, María Jesús Merino, quien le ha informado de la decisión adoptada por el Consejo de Patrimonio Histórico sobre la inclusión de la candidatura seguntina en la Lista Indicativa de Patrimonio Mundial.

Esta noticia, confirmada por Europa Press, llega 665 días después de que el presidente regional, Emiliano García-Page, anunciara la intención de su Ejecutivo de darle forma a este postulado, lo que ocurrió el 17 de enero de 2021 en la presentación de la programación del IX Centenario e la Reconquista de la localidad.

En caso de conseguirlo, sería la tercera ciudad con esta catalogación en la región por parte de la Unesco, después de Toledo y Cuenca. A nivel nacional, sería la ciudad número 16 en hacer gala de esta distinción, ya que también están en la lista Ávila, Alcalá de Henares, Baeza, Cáceres, Córdoba, Ibiza, Mérida, Salamanca, San Cristóbal de la Laguna, Santiago de Compostela, Segovia, Tarragona y Úbeda.

PASOS A SEGUIR

El primer paso que debe llevar a cabo un Estado es la realización de un inventario de los bienes susceptibles de ser declarados Patrimonio Mundial en un futuro. Toda vez que Sigüenza ha superado este primer trámite, ahora deberá figurar un mínimo de un año en este texto para poder considerarse en la Lista de Patrimonio Mundial.

Tras preparar la Lista Indicativa, el Estado planifica en qué momento desea presentar cada propuesta de inscripción. Las propuestas consisten en la preparación de un expediente de candidatura, que deberá ser lo más exhaustivo posible, asegurándose de que contiene toda la documentación necesaria, escrita y gráfica, que requiere la Unesco.

La propuesta de inscripción de Sigüenza se presentó al Centro del Patrimonio Mundial, donde se examinó el documento para verificar que toda la documentación requerida cumple los requisitos formales exigidos.

Una vez que el expediente está completo, el Centro del Patrimonio Mundial lo transmite a los organismos consultivos para su evaluación. Este proceso dura al menos un año y medio, antes de que la candidatura sea examinada por primera vez por el Comité de Patrimonio Mundial, si cumple todos los requisitos necesarios.

Además de estudiar en profundidad el expediente de candidatura del bien elaborado por el Estado, los organismos consultivos deberán examinar in situ la ciudad para verificar el contenido del expediente. Para ello, designarán a uno o más evaluadores, que durante la misión de evaluación analizan en profundidad la ciudad con encuentros con todos los agentes implicados en su gestión.

Con este análisis, se emitirá informe que servirá de base en la valoración que sobre la propuesta de candidatura realice el Comité de Patrimonio Mundial.

Este órgano está compuesto por representantes de 21 estados que se mantienen en el cargo por un periodo máximo de seis años, aunque se suele permanecer cuatro para permitir una mayor rotación de miembros.

El Comité es el órgano que adopta la decisión final sobre la inscripción o no de las candidaturas en la Lista de Patrimonio Mundial. El Comité se reúne anualmente en una Sesión en la que, entre otros muchos asuntos, se decide qué bienes son inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial.

DIEZ CRITERIOS DE SELECCIÓN

Para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, la ciudad de Sigüenza deberá demostrar que posee un valor excepcional y cumplir por lo menos, con uno de los diez criterios de selección.

Este decálogo contempla representar una obra de arte del genio creador humano; atestiguar un intercambio de influencias considerable, durante un periodo concreto o en un área cultural o determinada, en los ámbitos de la arquitectura o la tecnología; aportar un testimonio único, o al menos excepcional, sobre una tradición cultural o una civilización viva o desaparecida; o constituir un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre uno o varios periodos significativos de la historia humana.

También figura en la lista ser un ejemplo eminente de formas tradicionales de asentamiento humano o de utilización tradicional de las tierras o del mar, representativas de una cultura o de la interacción entre el hombre y su entorno natural; estar directa o materialmente asociado con acontecimientos o tradiciones vivas, con ideas, creencias u obras artísticas y literarias que tengan un significado universal excepcional; o representar fenómenos naturales o áreas de belleza natural e importancia estética excepcionales.

Completan los requisitos ser ejemplos eminentemente representativos de las grandes fases de la historia de la tierra; de procesos ecológicos y biológicos en curso en la evolución y el desarrollo de los ecosistemas y en las comunidades de plantas y animales; o contener los hábitats naturales más representativos y más importantes para la conservación in situ de la diversidad biológica.

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