TOLEDO 3 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Constitucional ha determinado que la Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha deberá volver a examinar la petición de documentación solicitada por el Grupo Parlamentario Popular sobre las compatibilidades del consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, tras estimar el recurso de amparo presentado por los 'populares'.
Según la sentencia del Constitucional recogida por Europa Press, estima el recurso de amparo que el PP presentó ante la "negativa" del Gobierno regional a facilitar a las Cortes de Castilla-La Mancha la información sobre la compatibilidad del consejero de Hacienda y Administraciones Públicas e indica, que "se ha vulnerado" el derecho del Grupo Parlamentario Popular a ejercer sus funciones representativas.
Fue durante la comparecencia de Ruiz Molina en las Cortes en julio de 2015 para informar sobre su situación económica y patrimonial, y las actividades desarrolladas en los últimos cinco años, cuando el PP formuló varias preguntas sobre los contratos con la empresa Indra, en la etapa en la que Ruiz Molina trabajó en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y en el Ministerio de Defensa, y su posterior contratación por dicha empresa.
Ante estas cuestiones, Ruiz Molina manifestó, en su turno de respuesta, que de su actuación no podía deducirse ninguna irregularidad, disponiendo de un informe del Gobierno regional emitido en 2010, en el que se señalaba que no había "ninguna incompatibilidad" para que Molina prestase sus servicios profesionales para Indra.
Después de esta comparecencia parlamentaria, el PP solicitó información sobre el expediente de solicitud de compatibilidad tramitado en 2010 por el consejero, siendo no admitida a trámite esta primera solicitud de información de los 'populares' por parte de la Mesa de las Cortes. Posteriormente, el PP solicitó de nuevo que se reconsiderara esta petición de documentación, que fue desestimada nuevamente por la Mesa de la Cámara regional.
Así las cosas, el Tribunal Constitucional asegura que se declara nulo el acuerdo de la Mesa de las Cortes que no admitía a trámite esta segunda petición de documentación de los 'populares' relativa a las compatibilidades del consejero.
Por ello concluye además que se deben retrotraer las actuaciones al momento anterior a la negativa de la Mesa de las Cortes a la petición de documentación de información del PP.
"La Mesa de las Cortes deberá fundamentar su decisión de calificación en la existencia de una conexión o no de los documentos requeridos con dicha función de control", indica el Tribunal Constitucional.