VALLADOLID 30 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Seguridad Social tramitó un total de 14.318 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros nueve meses de 2024 en Castilla y León, de los que 6.763 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 7.555, al segundo progenitor, normalmente el padre.
Por su parte, el gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor entre enero y septiembre en Castilla y León fue de 107,14 millones de euros.
Por provincias, la mayor parte de las prestaciones tramitadas ha correspondido a Valladolid, con 1.646, seguida de León, con 1.116, y de Burgos, con 1.051, con el resto por debajo del millar: Salamanca (965), Segovia (508), Palencia (419), Ávila (407), Zamora (398) y Soria (253).
En cuanto al gasto, la mayor cantidad corresponde de nuevo a la provincia de Valladolid, con 26,82 millones, seguida de Burgos, con 18,67 millones, y de León, con 16,97 millones. A continuación se situa Salamanca, con 13,82 millones; Segovia, con 7,88 millones; Palencia, con 6,70 millones; Ávila, con 6,22 millones; Zamora, con 5,52 millones, y Soria, con 4,51 millones.
Y por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Andalucía (65.214), Cataluña (62.000), Madrid (57.448) y la Comunidad Valenciana (35.579).
La prestación por nacimiento y cuidado de menor, que sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, entró en vigor el 1 de enero de 2021 y supone la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible.
De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo de inicio del descanso por parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.
La duración media de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor activas entre enero y septiembre ha sido de 110 días para las mujeres y 103 días para los hombres.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal https://prestaciones.seg-social.es/Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.. También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en estos nueve meses del año alcanzó las 2.278 en Castilla y León, un 0,04 por ciento más, de un total nacional de 42.808, de las que 2.008 correspondieron a mujeres y 270 a hombres.
Por provincias, las excendencias han aumentado en cuatro provincias, lideradas por Soria, con un 36,67 por ciento más, seguida de León, con un 14,42 por ciento; Segovia, con un 14,40 por ciento, y Salamanca, con 5,86 por ciento, y cayeron en el resto: Ávila (-19,12 por ciento), Zamora (-11,81 por ciento), Valladolid (-7,26 por ciento), Palencia (-4,65 por ciento) y Burgos (-3,75 por ciento).
En España se han registrado en este periodo 1.561 excedencias menos que en el mismo periodo del ejercicio 2023 y el número de excedencias por cuidado familiar ha subido en Navarra (5,4 por ciento), País Vasco (1,2 por ciento) y Castilla y León (0,04 por ciento, una más en cifras absolutas) y ha bajado especialmente en la Región de Murcia (-9,7 por ciento) y en Madrid (-8,5 por ciento).
Madrid (8.469), Cataluña (6.402), Andalucía (4.860), País Vasco (4.561) y Comunidad Valenciana (4.274) han sido las comunidades con más excedencias tramitadas.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.