Las defensas en la trama de favores pedirán este viernes la absolución tras lo ocurrido con 'la Rosado'

Los cinco acusados, el primero de ellos por la izquierda el agente de la Benemérita, acusados de revelación de secretos y tráfico de influencias.
Los cinco acusados, el primero de ellos por la izquierda el agente de la Benemérita, acusados de revelación de secretos y tráfico de influencias. - EP.
Actualizado: jueves, 26 mayo 2022 18:29

VALLADOLID, 26 May. (EUROPA PRESS) -

El caso que se sigue en Valladolid contra un agente de la Guardia Civil y otros cuatro acusados por delitos de revelación de secretos y tráfico de influencias ha vivido este jueves un hecho poco usual en la historia judicial vallisoletana, al autorizar la juez encargada del caso que los cinco encausados declaren a posteriori de los testigos.

Aunque estaba previsto que los cinco ocupantes del banquillo prestaran declaración en la primera jornada del juicio en el Juzgado de lo Penal número 1 de la capital, dicho trámite tendrá que esperar después de que el abogado del funcionario público, J.C.C, en el trámite de cuestiones previas, interesara posponer su declaración, en aplicación del artículo 701 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para que con carácter previo se practique toda la prueba testifical.

La petición del defensor no ha contado con la abierta oposición del resto de las defensas y ni siquiera del fiscal del caso ni de la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) y la Unión de Oficiales (UO), personadas ésta últimas como acusaciones populares, pues han dejado a criterio de la juez la potestad de alterar el orden de la prueba, como así ha ocurrido finalmente, a fin de que los acusados puedan rebatir con más garantías todas las imputaciones formuladas contra ellos.

De este modo, la inicial sesión celebrada ha quedado reducida a una hora de cuestiones previas en la que, amén de la ya citada que permitirá a los acusados declarar sabiendo ya de antemano las manifestaciones de los testigos, en su mayoría agentes de la Policía Nacional y Guardia Civil que participaron en la investigación, los defensores han invocado la "invalidez" de la prueba por vulnerar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones.

Aunque esta última cuestión, tal y como ha advertido ya la juzgadora se resolverá en ejecución de sentencia, las defensas de los acusados, fundamentalmente del agente del Instituto Armado, entienden que toda la prueba a partir de los 'pinchazos' telefónicos al funcionario público no puede ser tenida en cuenta ya que en las diligencias judiciales no consta el auto del Juzgado de Instrucción 1 que los autorizó ni las prórrogas posteriores, toda vez que tales escuchas partieron de una investigación anterior del mismo instructor que derivó en un procedimiento distinto por tráfico de drogas y blanqueo de capitales.

Los defensores comparten la idea de que ese auto judicial que habilita las escuchas está contenido en un procedimiento anterior que se ha extrapolado, sin soporte material, a este segundo por tráfico de influencias y revelación de secretos, sin justificar los motivos, de ahí que los letrados de los acusadores invocaran la vulneración de derechos fundamentales y a la tutela judicial efectiva.

"EL FRUTO DEL ÁRBOL ENVENENADO"

"Ni siquiera sabemos si en la actualidad los teléfonos de mi cliente siguen o no bajo escucha", ha recriminado, en declaraciones recogidas por Europa Press, el letrado del guardia civil, cuyo discurso ha sido asumido por el resto de compañeros de la bancada de la defensa, uno de los cuales ha insistido en la "invalidez" de la prueba a partir de la doctrina del "fruto del árbol envenenado".

De hecho, este mismo jueves ha trascendido la sentencia absolutoria de los 23 encausados en la 'Operación Rosado' por tráfico de drogas y pertencia a grupo criminal--la que dio lugar más tarde al presente prodecimiento--, precisamente tras decretar la Audiencia de Valladolid la nulidad del auto de Instrucción 1 que autorizó las primeras escuchas telefónicas sobre un presunto traficante.

SE INCREMENTA LA DUDA SOBRE LA NULIDAD

El carácter "prospectivo" de la investigación a partir de un auto basado en "meras sospechas" es la causa esgrimida por el tribunal para su fallo absolutorio, algo que este viernes las defensas de los cinco acusados en el procedimiento por revelación de secretos y tráfico de influencias tratarán de hacer valer ante la juez para que ésta no prosiga con el juicio y absuelva directamente a sus clientes por el mismo motivo.

La juez del caso, cuando aún no se conocía dicho fallo absolutorio, se había comprometido a estudiar la cuestión de la nulidad en ejecución de sentencia, así como los alegatos en contra del fiscal y los acusadores populares, quienes han recordado a las defensas que durante la fase de tramitación de las diligencias pudieron exponer sus quejas en forma de recursos y no lo hicieron, al tiempo que, en palabras del acusador público, han defendido la "modélica" forma de tramitar los 'pinchazos telefónicos' a partir de unas escuchas iniciales al empresario J.R.R.

Fiscalía de Valladolid, con carácter provisional, imputa al citado agente un delito continuado de violación de secretos y otros dos de tráfico de influencias y solicita por el primero una multa de 10.800 euros y por cada uno de los dos siguientes nueve meses de cárcel, junto con su inhabilitación para empleo o cargo público por un periodo total de ocho años.

Además, y con respecto al resto de presuntos implicados, el fiscal imputa a J.R.R. un delito de violación de secretos, en calidad de inductor, y le pide multa de 2.400 euros e inhabilitación para cargo público por un año, al tiempo que acusa a F.G.J, E.O.C. y D.E.A. por delito de tráfico de influencias, los tres como cooperadores necesarios, e interesa para ellos cuatro meses de prisión y su inhabilitación por siete meses.

LA CALIFICACIÓN MÁS DURA, LA DE LA UO

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), personada como acusación popular, solicita tres años de prisión para el agente, mientras que la Unión de Oficiales (UO), también en calidad de acusadora popular, pide para el integrante del Instituto Armado una condena global de cuatro años y nueve meses de cárcel y su retirada del Cuerpo por espacio de diez años y medio.

Las diligencias se originaron en 2018 a raíz de unas intervenciones telefónicas autorizadas en otra investigación, la 'Operación Rosado' contra el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales en Valladolid, Zamora y Cuéllar (Segovia), que se saldó con la detención de casi medio centenar de personas, entre las que figuran el guardia civil y algunos de los investigados en el procedimiento por las supuestas prebendas entregadas al mismo.

Las conversaciones intervenidas permitieron descubrir, según las acusaciones, que el agente del Instituto Armado influía o decía influir a cambio de dinero y regalos en diversas administraciones, autoridades y funcionarios para obtener beneficios para quienes acudían a él, realizando gestiones "incompatibles con su condición" de agente de la autoridad.

Las acusaciones también imputan al guardia civil haber accedido a bases de datos de carácter reservado y facilitar dicha información a terceros; consultar antecedentes penales de personas sobre las que no estaba realizando ninguna investigación como agente de la autoridad y "vender" esos datos a otros, llegando, en algún caso, a asegurar que había favorecido a una persona en un juicio pagando a un funcionario para eliminar tales antecedentes en la hoja histórico penal.

También se acusa al agente de alterar expedientes sancionadores por infracciones de tráfico a quienes recurrían a él tras haber sido multados por circular con exceso de velocidad. Para ello, facilitaba supuestamente identidades de conductores que no se correspondían con los infractores y tramitaba desde su propio puesto de trabajo los pliegos de descargo.

Igualmente, se sospechaba de que podría haber intervenido para beneficiar a un constructor con la adjudicación de un contrato para la realización de unas obras en la Comandancia de la Guardia Civil de León.

Leer más acerca de: