Bocyl publica la orden con estructura, comisión organizadora y tribunal de la PAU

Actualizado: jueves, 21 noviembre 2024 10:47

   VALLADOLID, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado la orden de la Consejería de Educación que recoge la estructura, características, comisión organizadora y tribunal calificador de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias de grado en la Comunidad (PAU).

   En este sentido, el documento recoge que la PAU se adecuará al currículo de Bachillerato establecido por Real Decreto de 5 de abril que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, al igual que las materias comunes y las materias específicas obligatorias de modalidad de segundo curso de Bachillerato.

   El examen, tanto en convocatoria ordinaria como extraordinaria, se realizará durante tres días de forma consecutiva. Cada uno de los ejercicios tendrá una duración de 90 minutos con un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo, 30 minutos.

   La prueba versará sobre las materias comunes y las materias específicas obligatorias de modalidad de segundo curso de Bachillerato, a través de la evaluación de cuatro ejercicios que versarán sobre las siguientes materias: Lengua Castellana y Literatura II; Historia de España o Historia de Filosofía, a elección del alumnado; Lengua Extranjera II y la materia específica obligatoria de segundo curso de Bachillerato de la modalidad y, en su caso, vía cursada.

   Sobre este último punto, la materia si es en modalidad de artes, en la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño será Dibujo Artístico II, mientras que en la vía de Música y Artes Escénicas se evaluará Análisis Musical II o Artes Escénicas II, a elección del alumnado. En la modalidad de Ciencias y Tecnología: Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, a elección del alumnado. En la Modalidad General, Ciiencias Generales. Por último, en la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales el alumno eligirá entre Latín II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.

   La calificación de acceso a la universidad, según recoge la Orden, se calculará mediante la media ponderada del 60 por ciento de la nota media de Bachillerato, calculada sin tomar en cuenta la calificación de la materia Religión, y del 40 por ciento de la calificación de la prueba de acceso.

DISEÑO

   Sobre el diseño de los distintos ejercicios, el documento recoge que

   en cada materia se hará entrega de un único modelo de ejercicio que estará estructurado en diferentes apartados, que, a su vez, podrán contener una o varias preguntas o tareas.

   Además, cada ejercicio contendrá necesariamente preguntas y tareas de respuesta abierta o semiconstruidas que requerirán del alumnado "capacidad de pensamiento crítico, reflexión y madurez". De forma excepcional, además de las anteriores, podrán utilizarse preguntas y tareas de respuesta cerrada, siempre que en cada uno de los ejercicios la puntuación asignada al total de preguntas o tareas de respuesta abierta y semiconstruida alcance como mínimo el 70 por ciento del total, añade la Orden.

   Por otra parte, el documento también recoge la constitución de la Comisión Organizadora de la Prueba de Acceso a la Universidad en Castilla y León, como órgano colegiado adscrito a la Consejería competente en materia de Educación, con la finalidad de organizar la prueba y la coordinación de los distintos agentes intervinientes en su realización.

   Entre otras, la comisión tendrá las funciones de asegurar la coordinación entre las Universidades y los centros docentes donde se imparta Bachillerato, a los efectos de la organización y la realización de la Prueba de Acceso a la Universidad. También competerá a este organismo determinar los horarios y las sedes en las que se realizarán los ejercicios que conforman la Prueba de Acceso a la Universidad. d) Definir los criterios de elaboración, evaluación y calificación de los ejercicios, así como las matrices de especificaciones para cada una de las materias.

   Por otra parte, designará y constituirá los tribunales encargados de aplicar y corregir los ejercicios, garantizando que todos los ejercicios puedan ser calificados por vocales especialistas en las distintas materias incluidas en la prueba y resto materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad, objeto de evaluación.

   La Comisión Organizadora, en el desarrollo de sus funciones, será asistida por las Coordinaciones de Materia que elaborarán y/o revisarán las matrices de especificaciones y la estructura y descripción de los ejercicios, a solicitud de la Comisión Organizadora y elaborar las propuestas de ejercicios para cada una de las materias.

   Los miembros de las Coordinaciones de Materia tendrán derecho a percibir por su concurrencia a las reuniones una indemnización en concepto de asistencia y, en su caso, gastos de viajes de la misma cuantía que la prevista en la normativa reguladora de las indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Comunidad de Castilla y León.

   La calificación de los ejercicios la realizará un tribunal calificador único por cada distrito universitario y estarán integrados por personal docente universitario y por personal funcionario de carrera o interino perteneciente a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria que impartan Bachillerato.

REVISIÓN Y ALUMNADO EN SITUACIONES ESPECÍFICAS

   Por otra parte, el alumnado, o sus padres, madres, tutores o tutoras legales en caso de quienes fuesen menores de edad, podrán solicitar al tribunal calificador, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de las calificaciones, la revisión de la calificación obtenida en uno o varios de los ejercicios que componen la Prueba de Acceso a la Universidad.

   Por último, la Comisión Organizadora establecerá los procedimientos y criterios a adoptar referidos al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo, a partir del criterio aportado por los departamentos de orientación de los centros docentes o por los equipos de orientación específicos, y en función de los recursos de apoyo y de las adaptaciones con los que hubiera contado cada estudiante para obtener el título de Bachiller o Ciclo Formativo de Grado Superior.

   Estas medidas, recoge la orden, podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales de ejercicios, sin perjuicio del respeto a la normativa reguladora de carácter básico, así como la utilización de medios materiales, a través de ayudas técnicas, y medios humanos que se precisara para realizar los ejercicios. Así mismo, deberá garantizarse la accesibilidad a la información y comunicación del proceso de evaluación y al espacio físico en que se desarrolle.

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