VALLADOLID 26 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Valladolid ha condenado a ocho meses de cárcel al empresario de origen rumano Alim M.D. como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores por emplear en la recogida de patatas a extranjeros irregulares, ya que éstos ni habían sido dados de alta en la Seguridad Social ni contaban con permiso de residencia en España.
En su sentencia, el tribunal, que por contra ha absuelto al también acusado Sheger M.T, igualmente de origen rumano y a quien se imputaban los mismos hechos en calidad de cooperador necesario, ha acordado imponer a Alim M.D, amén de la citada pena privativa de libertad, el pago de una multa de 1.920 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El tribunal sentenciador, en su condena, justifica una pena mínima al considerar que los trabajadores estuvieron realizando las labores tan solo un día o como mucho dos, "por lo que no ha resultado acreditado que la actividad delictiva se prolongara en el tiempo".
Además, recuerda que la subinspectora que giró la vista al tajo reconoció en el juicio que muchas veces se producen peticiones de empresas--concretamente se refirió a las que producen snacks--que de un día para otro hacen solicitudes urgentes de mercancía, "sin que lógicamente ello justifique la comisión de la actividad delictiva" pero que, en descargo del condenado, conlleva en ocasiones "una cierta improvisación y precipitación en la actividad de recogida para hacer entrega del producto".
El juicio contra ambos, vecinos de Nava del Rey, se celebró el pasado día 17 de septiembre en la Audiencia de Valladolid, donde el fiscal del caso mantuvo para los dos acusados su petición de condena de tres años de cárcel y multa de 4.500 euros, el primero en calidad de autor, ya que era el titular de una empresa de trabajos agrícolas, y el segundo como cooperador necesario.
Los dos fueron sorprendidos el día 6 de agosto de 2021 en una finca ubicada en el término de Muriel de Zapardiel, en el marco de una campaña agrícola realizada por la Inspección de Trabajo, con el apoyo de la Guardia Civil, cuando se encontraban junto con otros quince temporeros extranjeros --eran de Rumanía, Senegal, Marruecos y Honduras--recogiendo patatas a mano y que, como así se pudo comprobar entonces, se encontraban en situación irregular en España y, por ende, carecían de autorización para trabajar.
Alim M.D. explicó que acababa de contratar a la cuadrilla, cuyos integrantes le habían asegurado que estaban en regla, y debido a la urgencia de los trabajos no había tenido aún tiempo de darles de alta, trámite que sí cumplimentó ese mismo día, tras la visita de la Inspección de Trabajo, en el caso de cinco de ellos.
"Era el primer día de trabajo. Decían que tenían papeles, y por eso les firmé un contrato en el que constaba lo que tenían que hacer y lo que iban a cobrar", sostuvo el empresario rumano ahora condenado, quien añadió que el jornal pactado fue de 50 euros al día, conforme a convenio, por una jornada que se desarrollaba desde las 07.00 horas hasta las 11.00 horas, ya que a partir de entonces el calor hacía imposible continuar con la recogida de patatas.
Sobre su compañero de banquillo, finalmente absuelto, Alim aseguró que se limitaba a darle apoyo ya que él apenas conocía el idioma español y tampoco tenía carné de conducir, de ahí que Sheger M.T. actuaba tan solo como intermediario, sin que en momento alguno se encargara de la contratación y del pago de los salarios, versión de los hechos que corroboró este último.
ALGUNOS SALIERON HUYENDO
Varios agentes de la Guardia Civil y la subinspectora de Trabajo, quienes participaron aquel día en la visita al tajo, relataron que en un principio parte de los temporeros salió corriendo al ver el coche patrulla, aunque interceptaron a los fugados.
Durante el interrogatorio se produjeron algunas contradicciones, como así apuntaron los agentes y la inspectora, ya que unos señalaron a Sheger M.T, al que llamaban 'Mario', como quien contrataba y pagaba y otros aseguraron que era Alim M.D. el encargado de tales labores.
De lo que no había duda, como así corroboró la subinspectora de Trabajo, es que el trabajo en el tajo se estaba realizando de forma irregular, ya que ninguno de los quince estaba dado de alta en la Seguridad Social y, además, diez de ellos estaban de forma irregular en España y carecían de permiso de trabajo.
Por tal motivo, la responsable de la Inspección levantó actas de infracción por no estar dados de alta y por carecer de autorización administrativa para trabajar.
Aunque fueron todos ellos citados ese mismo día para que acudieran al Puesto de la Guardia Civil y presentaran la documentación, tan sólo se personaron al día siguiente los de origen rumano. De entre el resto, los agentes de la Guardia Civil localizaron a cuatro de ellos y éstos les confesaron que no se habían personado por miedo a ser deportados y apuntaron que el jornal que percibían era de entre 30 y 49 euros. "Nos dijeron que el tal 'Mario' les había finiquitado y les había dicho que se fueran de Nava", recordó uno de los agentes.
En su informe final, el fiscal del caso consideró probada la culpabilidad de ambos acusados tras apuntar que el salario pagado a los trabajadores estaba por debajo de convenio, a tenor de lo declaro en su día por testigos que no comparecieron en el juicio, y por valerse de la necesidad de los afectados para emplearles sin contrato y pese a ser consciente de que estaban de forma irregular en nuestro país.
Por contra, la defensa pidió un fallo absolutorio y calificó de "desorbitadas" las penas solicitadas por el acusador público, al que reprochó también por acudir al juicio con una "acusación desencajada", en alusión a que lo hechos, en su opinión, tienen simplemente su encuadre en el ámbito administrativo, al tratarse de infracciones administrativas, y no en el Código Penal.