Condenados dos cazadores por matar a un lobo en una finca de Tornadizos (Ávila)

Publicado: martes, 9 junio 2020 14:37


ÁVILA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila ha impuesto una multa de 24.000 euros a dos cazadores que mataron un lobo ibérico en una cacería celebrada en 2015 en una finca de la localidad abulense de Tornadizos, hecho por el que también deberán indemnizar a la Junta de Castilla y León con 9.200 euros, al tiempo que se condena a uno de ellos a seis meses de prisión por tenencia ilícita de armas.

El juez, que aprecia el atenuante de dilaciones indebidas, impone la multa de 24.000 euros a cada uno de ellos, quienes además deberán indemnizar de manera conjunta a la Junta de Castilla y León con más de 9.200 euros, importe en el que fue tasado el ejemplar abatido, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

Uno de los cazadores ha sido también condenado a seis meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas, ya que carecía de la licencia preceptiva para utilizar la escopeta empleada en la montería.

La condena conlleva la inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar por tres años.

El juez analiza en su sentencia lo afirmado por los dos acusados en el juicio, que no dio detalles del caso, con "un contenido exculpatorio, de autoencumbrimiento y de encubrimiento mutuo, vislumbrándose una intencionalidad de no incriminación entre ellos".

"Contenido que, a mayor abundamiento, fue parco o falto en detalles, de cómo se desarrolló el día de autos el acontecimiento de la montería-cacería que se organizó", señala el fallo.

Por el contrario, el juez entiende que, de las declaraciones de testigos y peritos y del análisis de la prueba documental, se puede concluir que los acusados cometieron un delito contra la fauna al disparar y matar un ejemplar de una especie protegida.

El juez cree que existe "un acervo probatorio que se debe de calificar de indiciario, indirecto o circunstancial" pero suficiente para fundamentar una sentencia condenatoria.

La sentencia, que ya ha sido notificada a las partes, no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Ávila.