VALLADOLID, 25 May. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado este jueves el Decreto que establece la congelación por tercer año consecutivo de los precios públicos para el curso académico 2017-2018 en las matrículas universitarias.
Según ha recordado la portavoz de la Junta, Milagros Marcos, a partir del curso 2018-2019 está prevista la reducción del 5 por ciento de las tasas universitarias en primera matrícula, "siempre y cuando continúe el crecimiento económico".
Esa reducción de tasas del 5 por ciento es fruto de los compromisos suscritos entre la Junta de Castilla y León y el Grupo Parlamentario de Ciudadanos para la aprobación de los presupuestos autonómicos de 2017 que se encuentran en fase de tramitación.
Dicho esto, Marcos ha aprovechado la ocasión para recordar que Castilla y León es la segunda comunidad autónoma que más apoya las becas universitarias y ha cifrado en un 55 por ciento el alumnado que no aporta "absolutamente nada" mientras que el 45 por ciento lo hace de forma progresiva y sin superar nunca el 25 por ciento del coste real de la enseñanza.
Según ha recordado a este respecto, en la actualidad los ingresos que perciben las universidades por precios públicos cubren entre el 15 por ciento y el 25 por ciento del coste real de las enseñanzas en primera matrícula "de modo que la mayor parte de la financiación universitaria se realiza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad".
La norma aprobada este jueves mantiene la posibilidad de pagar la matrícula de una sola vez, a principios de curso, o fraccionarla en tres plazos: el primer pago, al formalizar la matrícula; el segundo entre el 1 y el 15 de diciembre; y el tercero, entre el 1 y el 28 de febrero.
Además, como novedad y en aras de la autonomía universitaria, la Junta ha atendido una petición de la Universidad de Valladolid y ha incluido la posibilidad de que las universidades establezcan su propia fórmula de pago fraccionado si lo desean con aplicación del previsto en el decreto en su defecto.
Asimismo, en este mismo artículo se ha incluido en la prohibición de fraccionar el pago a los estudiantes que concurran a la convocatoria extraordinaria de fin de Grado y Máster, "siempre que estas convocatorias están previstas en la normativa de la universidad, atendiendo a la excepcional naturaleza y especiales características de estas convocatorias".
También se mantiene la exención total de los precios por servicios académicos por una sola vez en el primer curso de enseñanzas de Grado al alumnado que inicie estudios universitarios y acredite matrícula de honor global en 2º de Bachillerato o ciclo formativo de FP de grado superior; que sea premio extraordinario de Bachillerato o de FP de grado superior; o que haya obtenido medalla en las olimpiadas de Matemáticas, Física, Química, Biología o Economía de ámbito nacional.
Además, este año se ha modificado la redacción correspondiente a este apartado y se ha eliminado la referencia a que esta exención únicamente puede realizarse en el primer curso "puesto que los estudiantes de Formación Profesional de Grado Superior pueden tener reconocimiento de créditos para los estudios de primer curso de grado y acceder directamente a cursos posteriores".
Por último, estarán exentos del pago de los precios públicos los estudiantes que acrediten al formalizar la matrícula o solicitar el servicio ser una persona con discapacidad, víctima de actos terroristas o miembro de familia numerosa.