Las zonas farmacéuticas se clasifican en Urbanas, Semiurbanas y Rurales, en función de la población de los municipios que incluyan
ARROYO DE LA ENCOMIENDA (VALLADOLID), 29 (EUROPA PRESS)
La Junta ha procedido a la modificación de la normativa sobre zonas farmacéuticas en la Comunidad, para adaptarla a las nuevas circunstancias y necesidades de la población, así como a la realidad territorial actual, y ha establecido que el municipio vallisoletano de Arroyo de la Encomienda se convierta en Zona Farmacéutica Urbana, al superar los 20.000 habitantes, con todas las ventajas que ello supone, ya que podrá incrementar el número actual de oficinas de farmacia.
Las zonas farmacéuticas se clasifican en Urbanas, Semiurbanas y Rurales, en función de la población de los municipios que incluyan. Para cada tipo de zona se determinan unos módulos de población mínima por oficina de farmacia, en orden a garantizar la adecuada atención farmacéutica de las diferentes necesidades poblacionales.
Así, la norma determina que los municipios de más de 20.000 habitantes conforman zonas farmacéuticas urbanas, y que, atendiendo al número de habitantes, los módulos de población mínimos para la apertura de una farmacia en las zonas urbanas son 2.500 habitantes por oficina.
Una vez superado este número, podrá establecerse una nueva farmacia por fracción superior a 1.500 habitantes. La orden por la que se establece la delimitación y actualización de las zonas farmacéuticas de la comunidad de Castilla y León será publicada en el Boletín de Castilla y León (BOCYL).