Precisa que su cometido es de mero asesor y que las decisiones las toma la Mesa de las Cortes, integrada por procuradores de PP, PSOE y Vox
VALLADOLID, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -
El secretario general y letrado mayor de las Cortes, Marcos Herrero, ha negado mantener cualquier animadversión personal hacia la funcionaria que le denunció por acoso y ha sostenido que todas sus decisiones se ajustaron a derecho, sin incurrir en ninguna actuación delictiva.
En su declaración en el Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid, acompañado de su representante legal, la declaración del investigado se ha extendido por espacio de unas dos horas y media, entre las 09.45 horas y las 12.15 horas, y en ella ha respondido a preguntas de todas las partes, incluidas las de la acusación particular, y todas con el denominador común de la legalidad de todas y cada una de las actuaciones realizadas en el ejercicio de su cargo.
El investigado sí ha rechazado cualquier problema personal o de otra índole con la denunciante, aunque sí ha apuntado que con ella tuvo discrepancias cuando esta última mostró su rechazo por el hecho de que en un momento dado Marcos Herrero simultaneara el cobro por sus servicios tanto en las Cortes como en el Ayuntamiento de Madrid, para el que ejerció el cargo de vocal-asesor, lo que llevó al investigado a devolver al consistorio madrileño la retribución por sus servicios durante poco más de un mes, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Otro de los puntos de fricción entre ambos, que el investigado tampoco atribuye al origen de la denuncia, se produjo con motivo de una mesa de contratación sobre la adquisición de unas impresoras para las Cortes.
Lo que sí ha dejado bien claro el secretario es que su cometido era el de asesor de las Cortes pero que las decisiones las tomaba la Mesa, integrada por dos procuradores del PP, otros dos de Vox y dos más del PSCyL.
La denuncia contra él ante la Fiscalía de Valladolid fue interpuesta por la funcionaria, estando ya de baja laboral psicológica como consecuencia de estos supuestos hechos, a partir de que el denunciado la apartara del puesto de jefa del Servicio de Gestión Administrativa de las Cortes, al que había accedido por la fórmula de adscripción provisional el 21 de mayo de 2018 y en el que se mantuvo hasta mayo de 2022.
La revocación del cargo le fue comunicada por el ahora investigado vía telefónica y cuando ella se encontraba de vacaciones, momento a partir del cual, según recoge la denuncia, fue privada de todos los permisos informáticos, aplicaciones, accesos a unidades de red y certificados de firma electrónica.
Es desde entonces cuando, como así sostiene la denunciante, todas las acciones adoptadas por el investigado no han tenido otra finalidad que humillarla, aislarla laboral y sociolaboralmente, a la vez que perjudicarla en su carrera profesional, realizando además actuaciones encaminadas a que el único puesto de trabajo que pueda obtener en las Cortes de Castilla y León carezca de funciones, se encuentre al margen de las tareas de administración y económicas y tenga un nivel y un salario inferior al que le corresponde y al del resto de sus compañeros del mismo cuerpo.
Por todos los medios, siempre según la denuncia, se trata de impedir que la funcionaria pudiera acceder a puestos relacionados con la gestión administrativa, la contratación pública y también a la nueva Escala Económico Financiera, para lo que se modificó la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y se crearon convocatorias que por sus requisitos impedían la participación de la denunciante, actos que considera una auténtica represalia.
SENTENCIAS DEL TSJ FAVORABLES A LA DENUNCIANTE
La denunciante ya recurrió en su momento la revocación de su nombramiento por parte del investigado y logró que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en sentencia de fecha 22 de abril de 2024, anulara la misma por entender que, además de haberse dictado por órgano incompetente, sin seguir el procedimiento legalmente establecido y sin motivación y justificación alguna, "vulneró los derechos a la dignidad personal y profesional de la recurrente atendiendo a las circunstancias y modos en que se ha llevado a cabo".
Pero además, la introducción del requisito de dos años de experiencia en el seno de las Cortes de Castilla y León para lograr la conversión de la plaza de la funcionaria denunciante en una plaza de Cuerpo Técnico, Escala Económico- Financiera, todo ello en el marco de una modificación de la RPT, también fue anulada por el mismo tribunal, en sentencia de 20 de julio de 2023.
En una posterior ampliación de la denuncia la funcionaria apuntaba igualmente que todos los hechos eran conocidos por el presidente de las Cortes de Castilla y León, así como por la propia Mesa y también por la Junta de Personal, incluyendo comunicaciones verbales, pero también diversos escritos fehacientes.
Es más, de forma expresa, sostiene que se había solicitado a la Junta de Personal que adoptara las medidas necesarias para que promoviera el cese de las actuaciones de acoso, se había pedido igualmente que exigiera las responsabilidades correspondientes y, finalmente, se le había demandado información sobre sus propias actuaciones y la participación que haya podido tener en las resoluciones adoptadas por el secretario general.
Sin embargo, la Junta de Personal aludida, en un informe de 44 páginas que ha sido remitido a Instrucción 4, asegura que "no tiene conocimiento de ninguna actuación, referida al personal de la Cámara, constitutiva de acoso laboral" y añade que "los hechos relatados" por la denunciante, a su juicio, "no pueden entenderse constitutivos de tal delito", a lo que añade que en el informe comunicaciones laborales la denunciante "nunca ha comunicado ni referido en sus escritos episodios de desavenencias, conflictos de carácter interpersonal o situaciones tensas en el ambiente de trabajo que constituyan un patrón repetido de abuso".