Fiscalía ha presentado ya recurso de apelación al persistir en la convicción de la existencia de delito
VALLADOLID, xx (EUROPA PRESS)
El Juzgado de Instrucción número 2 de Valladolid ha sobreseído las diligencias abiertas contra la promotora inmobiliaria Reyal Urbis, propietaria actual de los terrenos donde se asienta la antigua fábrica Uralita, por un posible delito medioambiental derivado del deterioro de las instalaciones y el riesgo cancerígeno por contaminación de amianto que las mismas suponen para la población, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
En su auto, el juez instructor, César Gil Margareto, fundamenta el cierre de las presentes diligencias, abiertas a raíz de una denuncia de la Fiscalía vallisoletana, en la ausencia de responsabilidad penal en la conducta de los responsables de Reyal Urbis tras advertir de que dicha sociedad se limitó a adquirir en 2006 una instalación que al menos en parte ya había desmantelado la anterior propietaria de la fábrica Euronit--antigua Uralita--, Fibrocementos NT, y que ésta se había comprometido a descontaminar antes de entregarla de forma definitiva en 2009.
Además, el juez constata la "inexistencia de expediente administrativo, inspección o seguimiento alguno por parte de administración competente", hasta el inicio del presente procedimiento, que advirtiera de la condición de residuos peligrosos o riesgo medioambiental, al tiempo que recuerda que Reyal Urbis, una vez denunciada, procedió por un lado al cerramiento perimetral de las instalaciones y a intensificar las labores de vigilancia para evitar el desmantelamiento incontrolado de furtivos que entraban para vender luego el material como chatarra.
"Por ello, entendemos que no puede hablarse de comportamiento doloso o consciente ni de grave imprudencia, ni tampoco hay elementos para entender que tuvo una actuación permisiva ante actuaciones masivas de personas que procedían a sustraer materiales y a un desmantelamiento incontrolado", resume el instructor, que por ello sobresee las presentes diligencias en las que hasta la fecha habían declarado, en calidad de imputados, el mismísimo presidente de Reyal Urbis, Rafael Santamaría Trigo; el delegado de la empresa en la capital, José María Barrio Gil Founier, y el director general de Suelo, Urbanismo y Patrimonio de esta misma mercantil, José Antonio Ruiz García.
El sobreseimiento, sin embargo, ha sido ya recurrido en apelación por la Fiscalía de Valladolid, pues persiste en que los responsables de Reyal Urbis son autores de un delito contra el medio ambiente (artículo 325.1 del Código Penal), bien de forma activa o comisión por omisión, o incluso por una imprudencia grave, que recoge el 331 del C.P, tras insistir en que desde 2009 las viejas instalaciones han permanecido "abandonadas y no se ha efectuado trabajo alguno para la eliminación adecuada de los residuos de amianto generados por la destrucción de los edificios existentes en la parcela".
Y es que el interés económico de la citada promotora, tal y como enfatiza la acusación pública, "no se centraba en las edificaciones, sino en los terrenos, ante un futuro cambio de su calificación urbanística".
Fiscalía cimenta su tesis de abandono en el hecho de que un decreto de Alcaldía de enero de 2013 ordenó su limpieza y demolición tras la declaración de ruina inminente. Muestras tomadas en el lugar detectaron fibras de amianto en diez de las diecisiete muestras tomadas, Crisotilo en nueve de ellas y Crocidolita en una.
BASTA CON ACREDITAR PELIGRO O RIESGO
La fiscal delegada Medio Ambiente y Urbanismo, Ana Valle, apunta que para que se produzca la consumación del delito basta con que haya quedado acreditada la existencia del peligro o riesgo grave, sin que sea necesario que se materialice la causación efectiva de perjuicio a otros bienes jurídicos tales como lesiones a la salud humana o daños en animales o cosas, "sin que la retirada posterior del producto permita considerar que el delito sólo alcanza el grado de tentativa o concluir que no se cometió".
En este caso, añade la acusadora pública, "existen datos suficientes que apuntan al conocimiento, por los responsables de la empresa, tanto del estado de las instalaciones como de las características de los elementos constructivos cuyos restos se encontraban dispersos a lo largo de su superficie", al tiempo que recuerda que la obligación del comprador de la fábrica era afrontar "cualesquiera gastos que se generen por la demolición de las edificaciones y naves industriales existentes sobre la finca, incluyendo la retirada, tratamiento, manejo y traslado a los vertederos que legalmente corresponda, en cada caso, de los materiales y productos empleados en la construcción de las mismas".
Fiscalía hace alusión además al informe elaborado por la Oficina Territorial de Trabajo según el cual las instalaciones investigadas, de unos 70.000 metros cuadrados, con su estructura portante que soportaba gran cantidad de placas de fibrocemento en techos y paredes, ha sido desmantelada de forma incontrolada, dejando caer las mismas y provocando su rotura y triturado, lo que ha generado una importante emisión de fibras al medio ambiente, cuyo radio de dispersión es muy difícil de estimar al tratarse de una zona completamente abierta.
La inhalación de mocrofibras de amianto, recuerda el escrito de la acusadora, puede causar asbestosis y tumores malignos, como el cáncer de pulmón y el mesotelioma, enfermedades que suelen ser mortales y que, debido al periodo de latencia, se pueden manifestar hasta 40 años después de la exposición, sin que las pruebas científicas actuales permitan establecer un límite seguro.
RIESGO EQUIPARABLE AL DE CERDANYOLA
Por ello, equipara el riesgo potencial para la salud humana que representan las antiguas instalaciones de Uralita en Valladolid al demostrado en otra planta de esta misma empresa en Cerdanyola del Vallés (Barcelona), en actividad hasta 1997, tras recordar que un estudio efectuado por profesionales de Atención Primaria de dicha localidad y poblaciones vecinas vincula el cáncer no sólo a los trabajadores de la fábrica y sus familiares sino a población que nunca había tenido relación con la misma.
En unos casos, recuerda, eran los propios operarios los que, además de enfermar por respirar fibras de amianto, contaminaban a sus familias a través de los restos que portaban en sus prendas de trabajo, y en otros casos los mismos restos se esparcían por las calles y afectaban al resto de la población. Así, en 559 pacientes diagnosticados, en 98 casos, un 17,5 por ciento, la fuente de exposición al amianto fue ambiental. De los 400 de exposición laboral, el 9 por ciento había trabajado en otras empresas localizadas en las proximidades.
La investigación, ahora sobreseída, se inició por una denuncia formulada por la Fiscalía de Valladolid, que empezó a indagar a raíz de recibir en julio de 2012 de la Asociación de Víctimas y Afectados de Amianto (Avidalid) diversa documentación, acompañada de un vídeo, en la que se alertaba de la situación de ruina de la antigua Uralita, situada en el kilómetro 187,5 de la Avenida de Madrid, y de su posible incidencia en la salud de los vecinos de zonas próximas.
En concreto, se advertía del peligro para las personas que residen o trabajan en las proximidades, en especial para los alumnos del Colegio de San Agustín o los vecinos del Barrio de Las Delicias o la zona residencial del Pinar de Jalón, ya que la inhalación de las fibras de este mineral puede producir cáncer de pulmón o mesotelioma pleural.