La Audiencia Nacional considera probado que Martínez y Alejandro de Pedro practicaron contratos irregulares de publicidad
LEÓN, 30 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha condenado por un delito continuado de prevaricación a penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público que van de los cuatro años y tres meses a los ocho años y medio a cuatro de los seis acusados en la pieza de la Operación Púnica centrada en la provincia de León, entre ellos el expresidente de la Diputación y alcalde en funciones de Cuadros, Marcos Martínez Barazón, que ha sido sentenciado con el mayor periodo de inhabilitación.
En este procedimiento se han investigado los contratos de reputación personal online acordados por la Diputación de León para la que fuera su presidenta Isabel Carrasco y su sucesor Martínez Barazón --ambos en representación del Partido Popular--, así como otra serie de contratos adjudicados a las empresas del consultor Alejandro De Pedro, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un comunicado remitido a Europa Press.
En la sentencia, los magistrados de la Sección Primera imponen una pena de ocho años y seis meses de inhabilitación especial con la atenuante simple de dilaciones indebidas a Martínez Barazón, que ha ganado las elecciones municipales el pasado domingo al frente de una candidatura independiente con la que ya logró la Alcaldía en 2019, así como a quienes fueran coordinador general e interventor de la Diputación, Pedro Vicente Sánchez y Manuel Jesús López Sánchez, respectivamente.
Al informático y consultor Alejandro de Pedro, la Sala le condena a la pena de cuatro años y tres meses de inhabilitación, mientras que absuelve a José Antonio Alonso Conesa, socio del anterior en las empresas Madiva y Eico, así como a la trabajadora de estas compañías Guadalupe Caballero. También resultan absueltas ambas mercantiles.
La sentencia absuelve a los acusados de los delitos continuados de fraude a la Administración, falsificación en documento mercantil en concurso con malversación de caudales públicos y cohecho de los que les acusaba la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular ejercida por Adade.
PUBLICIDAD INSTITUCIONAL
El Tribunal considera probado que De Pedro, en connivencia con el acusado Marcos Martínez Barazón, presidente de la Diputación durante los meses de junio, julio y agosto y septiembre de 2014 llevaron a cabo un procedimiento administrativo irregular que se seguía en la Diputación de León para la adjudicación de la publicidad institucional.
Con este procedimiento de aprobación de las facturas, de una periodicidad mensual todas ellas, de similares importes, y en todo caso, menores de 6.000 euros, tramitadas por el trámite de urgencia, sin que ello fuera necesario, "aplicando de forma incorrecta" igualmente la denominada doctrina del enriquecimiento injusto, y que infringía de forma "clara y patente" la normativa establecida en la Ley de Contratos del Sector Público, los acusados Alejandro de Pedro, Marcos Martínez Barazón, Pedro Vicente Sánchez García y Manuel Jesús López Sánchez, "garantizaban el pago inmediato del importe de las mismas".
Todo ello, continúa, "sin tener que acudir a un sistema de contratación adecuado y pertinente, esto es, a un contrato abierto o negociado, como contrato permanente que era, con las exigencias legales de licitación y ofertas que llevaba consigo, evitando así también que otros medios de comunicación pudieran optar y acceder a la publicidad institucional de la Diputación de León, y eludiendo igualmente un control más riguroso y exhaustivo, primero por el Servicio de Contratación, y segundo, por parte de la Intervención General de dicho organismo, al incluirse todas ellas como una factura más dentro de la relación de facturas mensuales que debían fiscalizarse por dicho Departamento".